Programa del Día 04 de mayo del 2010
Agenda Legal.
CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE VERACRUZ
CAUSALES DE DIVORCIO Capítulo V
CONCEPTO DE DIVORCIO: Es el acto por el cual se disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro (Artículo 140).
Son causales de divorcio (ARTÍCULO 141):
XIII.- Haber cometido uno de los cónyuges un delito que no sea político, pero que sea infamante (Aquellas que afectan el honor de la persona), por el cual tenga que sufrir una pena de prisión mayor de dos años;
XIV.- Los hábitos de juego o de embriaguez o el uso indebido y persistente de drogas enervantes, cuando amenazan causar la ruina de la familia, o constituyen un continuo motivo de desavenencia conyugal;
XV.- Cometer un cónyuge contra la persona o los bienes del otro, un acto que sería punible si se tratara de persona extraña, siempre que tal acto tenga señalada en la ley una pena que pase de un año de prisión;
XVI.- El mutuo consentimiento.
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