martes, 29 de diciembre de 2009



ASISTENTES A LA CONFERENCIA
"LA DESAPARICIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN"
IMPARTIDA POR EL MAGISTRADO MANUEL JUÁREZ MOLINA
SEPTIEMBRE 2009

ACOPA MÁRQUEZ DANIEL, ACOSTA TORRES BASILIO, AGUILAR URCELAY ENRÍQUE, AGUILLÓN GONZÁLEZ IMELDA, ALCÁNTARA ROSAS IVÁN, ALEJANDRO CRUZ RAQUEL, ALEMÁN MEDINA JOVITA, ALFONSO ALEJANDRO, ALOR FLORES AGUSTÍN, ALTAMIRANO ESPINOZA ANA ROSA, ÁLVAREZ COBOS MANUEL, ANAYA HERNÁNDEZ ILIMA ABI, ANTONIO GARCÍA HÉCTOR, ANTONIO LUIS FRANCISCO, ANTONIO SILVESTRE MÁXIMO, ARENAS GONZÁLEZ SANTIAGO BELISARIO, ARENAS GRANILLO ALMA PATRICIA, ARENAS VELASCO ANA MARÍA, ARIAS ROMERO ANDRÉS, AROSTEGUI CARBALLO DIANA ESTELA, ARREDONDO CABRERA ADRIÁN, ARREDONDO ESCOBAR BEATRIZ, ARREDONDO ESCOBAR YENI, AVALOS ALEJANDRO MIGUEL, AVALOS JUAN ALBERTO, ÁVILA BAXÍN GUADALUPE, AVILÉS CORTÉS GUADALUPE, AVILÉS CORTÉS GUADALUPE, AVILÉS RIVERA EVANGELINA, AYOMETZI FEDERICO, BARAHONA DUEÑAS NICASIO, BARRIOS SÁNCHEZ MAURICIO, BARROSO ROSAS RUBIT ALEJANDRA, BASULTO ENRÍQUEZ YARA, BAUTISTA RAMÍREZ ÁNGEL, BEAURREGARD HERNÁNDEZ KARINA, BELTRÁN PINEDA JESSICA IRINA, BERNA BARRAGÁN FRANCISCO JAVIER, BIBIANO RUBÍN DIANA XÓCHITL, BLANCO MERÁZ ADRIÁN GABRIEL, BLANCO RAMOS JOSÉ ÁNGEL, BLANCO RODRÍGUEZ KARIME, BLANCO SAGRERO CLAUDIA, BLAS OLIVARRIA URIEL OSWALDO, BLASÍ DOLORES RAÚL, BOLÁN VILLASECA EDUARDO ARMANDO, BONILLA HERNÁNDEZ JOSÉ MIGUEL, BRINGAS DORANTES VERÓNICA DEL CARMÉN, BURDETT TORRUCO XÓCHITL, BUSTAMANTE GÓMEZ ANTONIO, CABALLERO RANGEL JORGE FERNANDO, CABANAS CELAYA JOSÉ MANUEL, CABRERA CASTAÑEDA FRANCISCO JAVIER, CABRERA LARA BLANCA ESTELA, CABRERA MORALES DANIEL, CABRERA NOLASCO RICARDO, CACHO LÓPEZ CAROLINA, CADENA DOMÍNGUEZ ESTEBAN, CALLEJA ALARCÓN MARÍA ELENA, CANALES ARENAS REYNA, CÁRDENAS LÓPEZ MARIO, CARMONA CAPETILLO JOSÉ ALFREDO, CARRASCO JIMÉNEZ MARÍA DE LOURDES, CARRASQUEDO SANTOS MARLINDA, CARRERA MOLINA JUAN, CARRILLO VÁZQUEZ FERNANDO, CASAS SALAZAR GLADYS, CASTILLO ESPINOSA FAUSTO RICARDO, CASTRO CALLES LORENZO, CASTRO ESTUDILLO CINTHIA PATRICIA, CASTRO ORTÍZ RONALD, CAUDILLO PEÑA IRMA, CAZARÍN LEÓN NIEVES AURORA, CEBALLOS SICILIA ALBERTO FRANCISCO, CENTENO CABRERA EDNA MONSERRAT, CERVANTES LAGUNES JOSÉ ANTONIO, CÉSAR PÉREZ JOSÉ ANTONIO, CHACÓN SANTIAGO FRANCISCO GUADALUPE, CHAPOL MÁLAGA IRMA, CHÁVEZ HERNÁNDEZ OLGA GUADALUPE, CHÁVEZ MAZA AFRODITA, CHÁVEZ ROSADO FABIOLA, CHÁVEZ SALINA AFRODITA, CHIÑAS SANTIAGO IVÁN, CHONTAL GUILLÉN GLORIA ELVIA, CISNEROS VARGAS BRIZA, CLEMENTE VILLALOBOS LUZ ELENA, CONDE VALDIVIESO ALEJANDRO HUMBERTO, CONTRERAS JIMÉNEZ MARILÚ, CÓRDOVA SANTANA LEXÓN, CORRO JIMÉNEZ JULIO CÉSAR, CORTÉS MARTÍNEZ FELIPE, CRUZ DOMÍNGUEZ POMPOSA, CRUZ GARCÍA ANA BELÉN, CRUZ GOMEZ GLORIA, CRUZ HAYDEÉ, CRUZ HERNÁNDEZ HORTENSIA, CRUZ IGNACIO JOSÉ JUAN, CRUZ IGNACIO JOSÉ LUIS, CRUZ LANDEROS OLIMPIA, CRUZ MALPICA AMADO JESÚS, CRUZ MORALES REBECA, CRUZ SILVA SOFÍA LETICIA, CRUZ SOTO DIANA RAQUEL, CRUZ ZETINA RUBICELIA, CUELLAR HERNÁNDEZ MARITZA, CUEVAS CAPITANACHI JORGE, CUEVAS PALACIOS MARGARITA, DE LA ROSA LÓPEZ CARLOS, DE LA ROSA LÓPEZ CARLOS MIGUEL, DELGADILLO MEDINA ARTURO, DOMINGUEZ ACOSTA LIZBETH GABRIELA, DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ IVONE, DOMÍNGUEZ ESPINOZA LUZ ZELENIA, DOMÍNGUEZ GALLEGOS JAVIER, ENRÍQUEZ OCAÑA JUAN LUIS, ESPEJO GONZÁLEZ ELÍAS, ESPINOZA PÉREZ MARÍA ISABEL, ESPINOZA RAMOS REY GASPAR, ESPÓSITO BAUTISTA PERLA BANEZA, ESTRADA R. ALBERTO, FARÍAS MEXICANO SUSANA GABRIELA, FERIA HERNÁNDEZ ALELÍ, FERIA HERNÁNDEZ JORGE ALBERTO, FERNÁNDEZ CASTRO CHRISTIÁN MARIO, FERNÁNDEZ DÍAZ JUANITA DEL CARMÉN, FERNÁNDEZ GARCÍA CECILIO SMITH, FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ HÉCTOR HADDIEL, FERNÁNDEZ PRIETO DAVID ALBERTO, FERNÁNDEZ ZENTENO MIRNA, FLORENTINO GÓMEZ FAUSTO OBED, FLORES ESCAMILLA GONZALO, FLORES GONZÁLEZ RAFAEL, FLORES LONG MARÍA DE LA LUZ, FLORES MOHENO SANDRA, FRANCO LEÓN ERNESTO FERDINAN, FUENTES DE LA CRUZ LUIS MARTÍN, FUENTES J. KARLA DEL ROSARIO, FUENTES MOLANO LUIS ALEJANDRO, FUENTEVILLA RICO GERARDO, GAGSTATTER MORENO RICARDO ALBERTO, GALINDO MATUS JUANA, GALLARDO JIMÉNEZ YESTLI YOLLOCALLI, GALLEGOS CORTÉS VICTOR MANUEL, GALLEGOS GUTIÉRREZ FERNANDO, GALLEGOS LÓPEZ GRACIELA, GALLEGOS VELÁZQUEZ JOSÉ ESTEBAN, GARCÍA ACOSTA RUBÍ IRENE, GARCÍA CEBRERO LUCERO NOHEMÍ, GARCÍA CORDOBA BRENDA DE JESÚS, GARCÍA GARDUZA LUIS ENRÍQUE, GARCÍA HERNÁNDEZ GINO, GARCÍA MARCOS YARELI JANNETTE, GARCÍA MORALES PATRICIA, GARCÍA OSORIO MARIBEL, GARCÍA PALACIOS MANOLO, GARDUZA MAZARIEGOS FRANCISCO, GASPAR CRUZ RAÚL, GERMÁN SALAZAR RODOLFO ANICETO, GÓMEZ ALEMÁN MARIO, GÓMEZ LÓPEZ LUIS JAVIER, GÓMEZ PACHECO VIANEY ESTHER, GÓMEZ PÉREZ MARTHA JUDITH, GÓMEZ TADEO AARÓN, GONZÁLEZ CERVANTES JORGE, GONZÁLEZ CORNEJO ESTEBAN, GONZÁLEZ FACUNDO LUCINA, GONZÁLEZ HERNÁNDEZ ESPERANZA, GONZÁLEZ HERNÁNDEZ JOSÉ LUIS, GONZÁLEZ LINARES JOSÉ MANUEL, GONZÁLEZ MARTÍNEZ MARIBEL, GONZÁLEZ PÉREZ EDITH, GONZÁLEZ PÉREZ SANDRA, GONZÁLEZ PERRÍN TOMÁS, GONZÁLEZ SÁNCHEZ AGUSTÍN, GONZÁLEZ SÁNCHEZ LUIS, GONZÁLEZ USCANGA BERENISSE, GRAJEDA RAMOS GLADYS, GRIMALDO TORAL NATANAEL, GUILLÉN ALVARADO OBED, GUILLÉN HERNÁNDEZ ALFONSO, GUIZAR BALLADARES MARCO ANTONIO, GUTIÉRREZ GALLEGOS JUNUEE, GUTIÉRREZ GONZÁLEZ JOSÉ LUIS, GUTIÉRREZ HERNÁNDEZ JOSÉ LUIS, GUTIÉRREZ MELCHOR HOMERO, GUTIÉRREZ MELCHOR HOMERO, GUTIÉRREZ MORENO SILVERIO, HEREDIA GÓMEZ JANETT, HERNÁNDEZ ÁLVAREZ ROSARIO, HERNÁNDEZ CASTRO SALVADOR, HERNÁNDEZ DÍAZ HUMBERTO, HERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ LIBIA, HERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ MARÍA DEL CARMÉN HERNÁNDEZ FÉREZ JOSÉ LUIS, HERNÁNDEZ FLORES FRANCISCO, HERNÁNDEZ GARCÍA SANDRA, HERNÁNDEZ GONZÁLEZ CRISTINA, HERNÁNDEZ HECFRAN AZMITIA, HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ DANIEL, HERNÁNDEZ LEÓN DANIEL, HERNÁNDEZ LEÓN JOSÉ LUIS, HERNÁNDEZ LÓPEZ ALFREDO, HERNÁNDEZ MENDOZA CINDY, HERNÁNDEZ MOLINA ROMELIA, HERNÁNDEZ NOLASCO MARCOS A., HERNÁNDEZ REYES CLAUDIA, HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ JUAN, HERNÁNDEZ RUEDA MAXIMILIANO, HERNÁNDEZ TORRES AREZZO NEFTALY, HERRERA LARA BLANCA HIDALGO HERNÁNDEZ JULIO CÉSAR, HILARIO ÁLVAREZ YAJAIRA, HIPÓLITO MARTÍNEZ LUIS ISIDORO, HUERTA VICARTE ANDRÉS, HURTADO MONTEJO FREDDY, HURTADO RODRÍGUEZ OSCAR, ITURRALDE CAMPOS MATÍAS, IVÁN SÁNCHEZ MAGAÑA, JASSO AGUILAR RAÚL, JIMÉNEZ HERNÁNDEZ RICARDO JOSÉ, JIMÉNEZ LÓPEZ JOSÉ LUIS, JIMÉNEZ LUIS ARISTEO, JUÁREZ ARMENTA CLAUDIA, JUÁREZ NIEVES JESSIE MONSERRATH, JUÁREZ NIEVES JESSIE MONSERRATH, LAGUNES SANTOS FEDERICO, LARA ARAGÓN JESÚS ÁNGEL, LARA GÓMEZ CINDY ALEJANDRA, LARA MORALES ALEJANDRO, LARA SALOMÓN RICARDO, LARA SOLÍS MARÍA GUADALUPE, LEAL ESPINO GLADYS GRISSED, LEDESMA BLANCO FRANCISCO LORENZO, LEÓN RAMÍREZ ANDRÉS, LEYVA PÉREZ MICHELL, LIC. MENDOZA, LÓPEZ AGUILAR BRENDA, LÓPEZ ALCÁNTARA TANIA, LÓPEZ ÁLVAREZ BERTHA CECILIA, LÓPEZ ARGUELLES JOSÉ ALFREDO, LÓPEZ CALVILLO FLOR EDITH, LÓPEZ DOMÍNGUEZ HENRY, LÓPEZ GARCÍA MARÍA DEL CARMÉN, LÓPEZ GARDUZA RACIEL, LÓPEZ GUTIÉRREZ YULI, LÓPEZ IRIS JULIO ENRÍQUE, LÓPEZ LÓPEZ FRANCISCO GUILLERMO, LÓPEZ MARTÍNEZ ENIM HUMBERTO, LÓPEZ MARTÍNEZ VARENIMBERTH, LÓPEZ PEÑA YAIR, LÓPEZ RODRÍGUEZ JOSÉ MANUEL, LÓPEZ RUÍZ GRISELDA, LÓPEZ VALENZUELA JULIO ENRÍQUE, LÓPEZ VELAZCO JESÚS SEVERIANO, LÓPEZ VILLALOBOS AYAX ERUBIER, LORENZO RÍOS LUCELIA, LOZADA PARRA LEONARDO FRANCISCO, LUGO ESCAMILLA GERMÁN, LUGO RODRÍGUEZ PATRICIA, LUNA DÍAZ JOSÉ ABEL, LUNA MORALES LUIS EDUARDO, LUNA PÉREZ ANA MARÍA, MADRAZO LARA ERICK, MADRAZO MADARIAGA TERESITA DE JESÚS, MAGAÑA MIJANGOS MARTHA ELENA, MALDONADO FUENTES MARÍA GLORIA EDITH, MANZANO OLANO HÉCTOR HUGO, MARCIAL FUENTES CÉSAR ALFONSO, MARIÑO LARA SAMDY JASSIEL, MÁRQUEZ DE LA CRUZ MARIO MARTÍNEZ ALOR ROBERTO ALEJANDRO, MARTÍNEZ BARRIA REGINA BEATRIZ, MARTÍNEZ DECEANO CÉSAR, MARTÍNEZ FERNÁNDEZ GRISSEL EMILIA, MARTÍNEZ GONZÁLEZ MÓNICA, MARTÍNEZ GUTIÉRREZ ENRÍQUE, MARTÍNEZ LEMUS RENATO J., MARTÍNEZ MARTÍNEZ JOSUÉ, MARTÍNEZ PABLO LETICIA, MARTÍNEZ PLASCENCIA FERNANDO MARTÍNEZ ROMERO MIRNA EMILIA, MARTÍNEZ SÁNCHEZ MARÍA DE LOURDES, MARTÍNEZ TEJEDA ALIX PAULINA, MARTÍNEZ TERÁN NÉLIDA, MATUS JIMÉNEZ JAIRO, MAURICIO NOLASCO GLADYS SARAÍ, MAY RODRÍGUEZ MIGUEL ÁNGEL, MEJÍA WILLIAMS ALFREDO ALEJANDRO, MELÉNDEZ MARTÍNEZ GREGORIO, MELGAR HERNÁNDEZ YOCELIN, MÉNDEZ SANDOVAL JAIME, MÉNDEZ SOLANO AURY, MÉNDEZ SUÁREZ MIGUEL, MIGUEL MARTÍNEZ ISABEL, MIJANGOS ALFONSO GRISELDA, MILLÁN VICTOR, MISS MARTÍNEZ EVA, MONTALVO ROMÁN RACIEL DE JESÚS, MONTES CHAN SAMANTHA ELIZABETH, MONTES DE OCA CALDERÓN GABRIEL, MONTIEL PRIETO JACQUELINE, MONTOYA RUÍZ PATRICIA, MORALES AGUSTÍN MARIANO GUADALUPE, MORALES ALEJANDRO BERENICE, MORALES BARRERA RUBÉN, MORALES GONZÁLEZ FABIOLA DEL CARMÉN, MORALES LÓPEZ ANA LILIA, MORALES MARTÍNEZ BERTHA FABIOLA, MORALES MARTÍNEZ NORMA DE LOURDES, MORALES MORALES VERÓNICA, MORALES SÁNCHEZ FRANCISCO BENJAMÍN, MORALES VALDÉZ JOSÉ MARÍA AMBROSIO, MORENO BAUTISTA ÁNGEL URIEL, MORENO DELGADO JESÚS, MORENO GALLARDO ABRIL, MORENO GARCÍA DELIA ISABEL, MORENO GARIBAY MARÍA DE LOURDES, MORENO GARIBAY SERGIO, MORENO MIGUEL ÁNGEL, MORFÍN SANTOS ANTONIO, MORGÁN RAMÍREZ CRUZ IRENE, MORRUGARES GÓMEZ ROSA MARÍA, MUÑOZ DE LA ROSA SAMUEL FERNANDO, NÁJERA OLIVEROS LUCY ADRIANA, NAVARRETE PÉREZ CRISTHEL SARAÍ, NAVARRO COYOTECA CONCEPCIÓN, NAZARIEGO SÁNCHEZ CARLOS HUMBERTO, NOLASCO TEJERO VANIA, NOUCHE RAMÍREZ GABRIEL, OCAMPO ESPINOZA JORGE ALBERTO, OCAMPO GONZÁLEZ JORGE JAVIER, OCAMPO MALDONADO JUAN CARLOS, OCAÑA SANTIAGO KAREN SELENE, OCHOA GUARNEROS SUSANA, OLIVARES CARRILLO ROBERTO, OLIVERA AGUILAR TERESITA DE JESÚS, ORDÁZ GALLEGOS ARTURO, ORDÁZ RASGADO ALEIDA, OROZCO HERNÁNDEZ OMAR, OROZCO MARTÍNEZ FERNANDO, OROZCO SÁNCHEZ ANTONIA, ORTÍZ LÓPEZ ELVIRA, ORTÍZ RAMÓN PALOMA, ORTÍZ RAMOS GÉNESIS DANIELA, OSEGUERA DOMÍNGUEZ YOLANDA, PALACIOS LÓPEZ ARTURO, PALACIOS SOMOHANO JORGE ALBERTO, PALOMARES CRUZ EDGAR, PALOMINO SÁNCHEZ DOMINGO, PARADA CRUZ MATILDE, PAVÓN FERNÁNDEZ ROSA MARÍA, PAVÓN LUGO TAMARA A., PECH CARRASCO WENDY, PERALTA MIJANGOS ARTURO, PEREYRA CADENA MARÍA ANTONIETA, PÉREZ ANGELES AMANDO, PÉREZ CASTRO, PÉREZ CASTRO JOSÉ LUIS, PÉREZ CRUZ JAZMÍN, PÉREZ GUTIÉRREZ MAURA GUADALUPE, PÉREZ LUGO ALÁN RAÚL, PÉREZ MEDINA MARÍA ISABEL, PÉREZ RETAMA JORGE LUIS, PÉREZ RODRÍGUEZ MARÍA TERESA, PÉREZ SEVILLA ADRIANA, PÉREZ SUÁREZ ADÁN, PINEDA CRUZ HÉCTOR ALBERTO, PINZÓN CABRERA GUADALUPE, PÍO WILBERT, POLA OCHOA BEN DAVID, PONCE CADENAS JAVIER DEMETRIO, PORTUGAL MARCIAL NOHEMÍ, PRIEGO MONTES DAVID, PRIEGO ONOFRE FERNANDO, PUCHETA ORTIZ ALEJANDRA DE LOS ANGELES, QUEVEDO PORTAS SARAÍ DE JESÚS, QUEVEDO TIBURCIO ROLANDO, QUINO TEPACH ANA ABIGAIL, QUINTANAR GALEAS MARIO EDUARDO, QUINTO MANZANILLA BEATRIZ, QUIROZ CRUZ EMMANUEL, RAMÍREZ ANASTASIO DANIEL, RAMÍREZ FERNÁNDEZ LUIS MIGUEL, RAMÍREZ GUILLÉN CITLALI, RAMÍREZ MÁRQUEZ EFRÉN, RAMÍREZ ZARATE ABRAHAM, RAMOS LIGONIO JULIÁN JARED, RANGEL CRUZ MANUEL JADAD, RANGEL SÁNCHEZ SUSANA, RASGADO CABRERA CARMÉN, REYES JUÁREZ MARÍA TERESA, REYES ROBLERO SUILMA, REYES RODRÍGUEZ LAURA ELVITZ, RICARDEZ REYNA JOSÉ MANUEL, RICARDEZ REYNA JOSÉ MANUEL, RÍOS BLANCO MARÍA DE JESÚS, RÍOS PINEDA JORGE ROLANDO, RIVERA CHAREO AQUILINA, RIVERA CRUZ FÉLIX, RIVERA NARVÁEZ ELÍAS, RODRÍGUEZ ALOR ALMA DELIA, RODRÍGUEZ DE LA ROSA CARLOS ALBERTO, RODRÍGUEZ FLORES MARÍA ESTHER, RODRÍGUEZ OLAETA VICTORIA, RODRÍGUEZ PARADA MARGARITA, RODRÍGUEZ S. ANDREA ANED, RODRÍGUEZ SALINAS JONÁS, RODRÍGUEZ SOTO SUREIMA, RODRÍGUEZ ZAPATA SERGIO DANIEL, ROJAS HERNÁNDEZ ERIKA, ROMERO HERNÁNDEZ YURIDIA,ROMERO VILLA BERTHA ALICIA, RONZÓN LAVIÉ TERESITA, ROSAS BAUTISTA TRINIDAD, RUÍZ ARGUELLES GLORIA ESTEPHANY, RUÍZ BENCOMO AÍDA PAMELA, RUÍZ ESPINOZA OFELIA, RUÍZ GAMBOA RAFAEL ANDRÉS, RUÍZ GAMBOA THELMA DINORA, RUÍZ QUIROZ ÁNGEL EDUARDO, SALAS LIAÑO PABLO DANIEL, SALOMÉ VELÁZQUEZ ARTURO, SALVADOR HERNÁNDEZ SALINAS, SÁNCHEZ AGUILAR MIGUEL ÁNGEL, SÁNCHEZ GUADALUPE, SÁNCHEZ HURTADO GABRIELA, SÁNCHEZ LÓPEZ ARTURO, SÁNCHEZ MAGAÑA IVÁN, SÁNCHEZ MONTES MARGARITA, SÁNCHEZ MORALES DIEGO, SÁNCHEZ PALMA VICTOR HUGO, SÁNCHEZ RODRÍGUEZ JORGE, SÁNCHEZ SOSA MARÍA DEL CARMÉN, SÁNCHEZ VELÁZQUEZ CANDIDA, SÁNCHEZ ZENTENO GUADALUPE, SANDOVAL TODD FERNANDO OSCAR, SANSÓN GARDUZA ANA LAURA, SANTIAGO CHAZARO SARA LIZET, SANTOS DÍAZ VIANEY, SANTOS MORFÍN ANTONIO, SECUNDINO DIEGO ANSELMO, SEGURA GRANILLO ALMA VANESSA, SEGURA SÁNCHEZ MARÍA DEL PILAR, SELVAS NATARÉN SAMIRA, SIERRA CARMONA CELIA SURAYA, SILENCIO MANUEL LUIS, SUÁREZ ARÍAS DIANA IVONNE, SUBIAUR ACOSTA LETICIA, SURIANO RODRÍGUEZ SERGIO, TADEO CRUZ ALEJANDRO, TADEO GERÓNIMO FEDERICO, TEJEDA ÁLVAREZ RAMÓN, TEJERO DÍAZ ALEJANDRA, TENORIO MARTÍNEZ ESMERALDA, TIBURCIO MALPICA PATRICIA, TIBURCIO MORTEO MARÍA DEL CARMÉN, TIBURCIO QUEVEDO ÁNGEL ARTURO, TIBURCIO ROSAS VICTOR MANUEL, TIBURCIO ZAAMARIO VICTOR TIJERINA ACOSTA JORGE, TIJERINA SALAZAR ALEJANDRO, TOLEDO GONZAGA LORENA, TOLEDO LAGUNES VIRGINIA, TOLEDO PAZ GISELA, TORRES CASTILLO GUILLERMO, TORRES CHIU MARÍA GUADALUPE, TORRES DÍAZ ESLÍ, TORRES PÉREZ FAUSTO VICENTE, TORRES RAMÍREZ LUIS ALEJANDRO, TORRES RIVERA ALBERTO, TORRES SASTRÉ JOSÉ DE JESÚS, TORRES VELÁZQUEZ ROSA ISELA, TOSS CAPISTRÁN J0RGE, TOTO PÉREZ DOLORES, TRIANA AGUIRRE RAÚL, ULLOA ESPINOZA MIGUEL, URCEGUÍA REYES LILIA, VALDÉZ SANDOVAL ODILA, VALENCIA HIDALGO ROSA ALICIA, VALENCIA JUAN MANUEL, VALENCIA LUVIANO JULIÁN, VALENCIA MAYO SELENE DEL CARMÉN, VALENCIA PATRACA JUAN MANUEL, VARGAS CÓRDOBA ELÍAS, VÁZQUEZ FLORES JOHNNY, VÁZQUEZ GARDUZA NOVEL, VÁZQUEZ ORTEGA SAMUEL, VÁZQUEZ SOSA ANEL, VELA SÁNCHEZ RODOLFO VELAZCO ESCOBAR ERNESTO ARTEMIO, VELÁZQUEZ ESCOBAR ABEL, VELÁZQUEZ GUZMÁN MIGUEL, VELÁZQUEZ MIJANGOS ZURIEL, VENTURA CASTILLO ISABEL, VERDE MORALES CRISPINA, VERGARA GONZÁLEZ ABISAÍ, VEYTIA GAYTÁN RAMÓN, VICENTE BÉJAR ANEID, VILLALOBOS VILLALANA LEONOR, VILLASECA MONTERO MARÍA DEL CARMEN, VILLASEÑOR LÓPEZ ADRIÁN, VILLEGAS QUINO MIGUEL, VIZUET ORTEGA GUADALUPE, VIZUET ORTEGA IGNACIO, YELA ZETINA PABLO, YEP MACAL JESSICA, YEPEZ NÚÑEZ ADRIANA, YUEN RICÁRDEZ MIGUEL ARTURO, ZAMORA LEMUS JUAN, ZAMORA REYES CHANTAL, ZAMORANO CHACÓN MAYRA EDITH, ZAMUDIO RODRÍGUEZ BLANCA ROSA, ZARATE SÁNCHEZ OSVALDO, ZETINA CASTILLO JORGE LUIS, ZURITA LEYVA FABIOLA.


ASISTENTES AL CURSO
"SOBRE MENORES INFRACTORES"
IMPARTIDA POR EL MAESTRO EN DERECHO RICARDO MORALES CARRASCO
JULIO 2009

ADRIÁN GABRIEL BLANCO MERÁZ, ADRIANA RIVAS TOME, AGUSTÍN ALOR FLORES, ALDRICH GONZÁLEZ MARTÍNEZ, ALEJANDRA DOMÍNGUEZ MORALES, ALEJANDRINA MALDONADO MARTÍNEZ, ALEJANDRO HUMBERTO CONDE VALDIVIESO, ALEJANDRO LARA MORALES, ALEJANDRO TIJERINA SALAZAR, ALEYDA GUADALUPE GONZÁLEZ LUIS, ALFREDO SANTILLÁN ESPINOSA, ALICIA VÁZQUEZ KRAUSE, ALMA DELIA ATILANO LARA, ALMA DELIA RODRÍGUEZ ALOR, ALMA PATRICIA ARENAS GRANADILLO, ÁLVARO LICONA MARTÍNEZ, ANA ALTAGRACIA ATILANO VELÁZQUEZ, ANA LAURA PINO FARARONI, ANA LUISA RODRÍGUEZ NOLASCO, ANA MARÍA AMARO, ANA MARÍA LUNA PÉREZ, ANA MINERVA SALGADO PASTRANA, ANDRÉS HUERTA VICARTE, ANDRÉS LEÓN RAMÍREZ, ÁNGEL ALBERTO PLAZA RAMOS, ÁNGEL ARTURO TIBURCIO QUEVEDO, ÁNGEL BAUTISTA MARTÍNEZ, ÁNGEL BAUTISTA RAMIREZ, ÁNGEL BAYARDO PINEDA CRUZ, ÁNGEL HERNÁNDEZ VELASCO, ANSELMO SECUNDINO DIEGO, ANTONIO BUSTAMANTE GÓMEZ, ANTONIO YÁNEZ GALLEGOS, ARMANDO CONTRERAS DOMÍNGUEZ, ARMANDO RECHY VARGAS, ARTURO ORDAZ GALLEGOS, ARTURO SALOMÉ VELÁZQUEZ, ARTURO SÁNCHEZ LÓPEZ, AURY MÉNDEZ SOLANO, BALTAZAR SOLANO JIMÉNEZ, BASILIO ACOSTA TORRES, BEATRIZ ESPINOZA CRUZ, BENITO CASTELLANOS GÓMEZ, BERENICE DE LA ROSA AGUILAR, BERTHA ALICIA PÉREZ SORIANO, BLANCA NELLY SÁNCHEZ SÁNCHEZ, BLANCA ROSA ZAMUDIO RODRÍGUEZ, BRIZA CISNEROS VARGAS, CANDELARIA JIMÉNEZ ZAPATA, CARLOS HUMBERTO NAZARIEGO SÁNCHEZ, CARLOS LEONEL HERNÁNDEZ LÉPEZ, CARLOS MIGUEL DE LA ROSA LÓPEZ, CARMEN RASGADO CABRERA, CELENI RUEDA RODRÍGUEZ, CÉSAR ARIEL ALCÁZAR DOMÍNGUEZ, CÉSAR MORALES, CÉSAR ROLANDO SÁNCHEZ BARRÍA, CHRISTIÁN ARELI SUÁREZ HERNÁNDEZ, CHRISTÍAN IRENE DURANTES OLIVARES, CINTHIA OCAMPO MALDONADO, CIRA AMADA HERNÁNDEZ MORALES, CLAUDIA JUÁREZ ARMENTA, CLAUDIA ORTÍZ ESPINOSA, CLORÍS MAYO FLORES, CONCEPCIÓN NAVARRO COYOTECA, CONSTANTINO ADRIÁN SOTO CASTRO, CRISPINA VERDE MORALES, CRISTINA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, CRISTÓBAL DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, CUAUHTEMOC PERERA ESTRADA, CYNTHIA ORTIZ NÚÑEZ, CYNTHIA PATRICIA CASTRO ESTUDILLO, CYNTHIA ROJAS LIBREROS, CYNTHIA RUBÍ SALAS GODÍNEZ, DAMIÁN PALÉ COLORADO, DANIEL CABRERA MORALES, DANIEL ROJAS CAMPOS, DARLING VICTORIA PALMA MARTÍNEZ, DAVID ALBERTO CRUZ PEÑA, DAVID JIMÉNEZ VÁZQUEZ, DEISY BALCÁZAR ÁLVAREZ, DELIA ISABEL MORENO GARCÍA, DIANA DAMARIS JIMÉNEZ CARRERA, DIANA DEL CARMEN GIL ANTONIO, DOMINGO PALOMINO SÁNCHEZ, DORA ALICIA PALMA RÍOS, DORIS ISABEL ARMENTA LUNA, EDDER YAHIR CASTRO CRUZ, EDGAR PALOMARES CRUZ, EDIVALDO TOLEDO SANTIAGO, EDUARDO AGUINAGA JIMÉNEZ, EDUARDO REYES LEYVA, EFRÉN ANTONIO RODRÍGUEZ DÍAZ, ELENA PULIDO GONZÁLEZ, ELIZABETH SÁNCHEZ JACINTO, ELMER DEL CARMEN RIVERA CHAN, ELVIRA ORTIZ LÓPEZ, EMILIANO HERLINDO TERRÓN, EMMANUEL RIVERA MENDOZA, ENRÍQUE CHIÑAS TRINIDAD, ERICK VIRGEN LAVARIEGA, ERIKA AQUINO JIMÉNEZ, ESMERALDA SOLANO DOMÍNGUEZ, ESTEBAN CADENA DOMÍNGUEZ, ETHEL FUENTES CONSTANTINO, FABIOLA ZURITA LEYVA, FEDERICO AYOMETZI, FELIPE CARLOS ANDRADE SÁNCHEZ, FELIPE CORTÉS MARTÍNEZ, FÉLIX JÁCOME GÓMEZ, FERNANDO CARRILLO VÁZQUEZ, FERNANDO DE GYVES GARCÍA, FERNANDO GALLEGOS GUTIÉRREZ, FERNANDO LUIS FRAY, FERNANDO MARTÍNEZ PLASCENCIA, FILOMENA GÓMEZ TORRES, FIONA MARÍA ESTHER DE LA CRUZ SALAZAR FLOR DEL CARMEN HERRERA RAMÓN, FLORENCIA EDITH LÓPEZ CALVILLO, FRANCISCO FACUNDO ANDRADE, FRANCISCO JAVIER OKAMURA SALOMÓN, FRANCISCO JAVIER PLAZA RAMOS, FRANCISCO JUAN HERNÁNDEZ BOETTIGER, FREDDY HURTADO MONTEJO, FREYA ORTÍZ YÁÑEZ, GABRIEL CARLOS PÉREZ, GABRIEL DE TILA GUZMÁN RAMIREZ, GABRIEL GUIZAR VALLADARES, GENARO DAVID BERMEJO OROZCO, GERMÁN PALMA SÁNCHEZ, GILBERTO DE AQUINO JESÚS, GLADYS GRISED LEAL ESPINO, GLORIA CRUZ GÓMEZ, GONZALO FLORES ESCAMILLA, GONZALO PERALTA CAMPOS, GRISELDA DÍAZ VEGA, GUADALUPE DEL PILAR CASTILLO VADILLO, GUADALUPE TOLEDO MATUS, GUSTAVO BREMONT LÓPEZ, HÉCTOR ALBERTO PINEDA CRUZ, HÉCTOR HUGO MANZANO OLANO, HÉCTOR ZAPATA FRANCO, HEVER DE JESÚS MATA MARTÍNEZ, HOMERO GUTIÉRREZ MELCHOR, HUGO CHACHA ARCEO, IGNACIO VIZUET ORTEGA, ILIMA ABI ANAYA HERNÁNDEZ, INÉS DEL CARMEN VALLADARES LAVIN, INÉS LARA GREGORIO, INGRID DEL CARMEN HERNÁNDEZ REVILLA, IRMA CAUDILLO PEÑA, IRVING ARMANDO RONZÓN MORRUGARES, ISABEL LETICIA GARCÍA HERNÁNDEZ, ISABEL MIGUEL MARTÍNEZ, ISIS LUNA FERNÁNDEZ, ISRAEL HERNÁNDEZ BLANCO, ISRAEL JIMÉNEZ RAMÍREZ, JAIME GÓMEZ RUEDA, JAVIER DEMETRIO PONCE CADENAS, JAVIER GONZÁLEZ SÁNCHEZ, JESSICA IRINA BELTRÁN PINEDA, JESSICA SÁNCHEZ RÍOS, JESÚS ALEXIS GÓMEZ LEZAMA, JESÚS DARIO PORTUGAL MANCILLA, JESÚS MANUEL GARCÍA ANTONIO, JESÚS SEVERIANO LÓPEZ VELASCO, JIM HERNÁNDEZ CALVO, JOHNNY VÁZQUEZ FLORES, JONÁS RODRÍGUEZ SALINAS, JORGE ALBERTO SANTOYO DOMÍNGUEZ, JORGE LUIS ZETINA CASTILLO, JOSÉ ANTONIO CERVANTES LAGUNES, JOSÉ AURELIO GROTH CARMONA, JOSÉ DE JESÚS BLANCO CONTRERAS, JOSÉ DE JESÚS TORRES SASTRÉ, JOSÉ LUIS GONZÁLEZ LÓPEZ, JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ FÉREZ, JOSÉ LUIS LÓPEZ MARTÍNEZ, JOSÉ LUIS PÉREZ CASTRO, JOSUÉ QUEVEDO PORTAS, JUAN ALBERTO AVALOS, JUAN ANTONIO SÁNCHEZ, JUAN CARLOS OCAMPO MALDONADO, JUAN CARRERA MOLINA, JUAN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, JUANA BEATRIZ TULLEY HERNÁNDEZ, JUANA GALINDO MATUS, JUANA MARÍA MOLINA CASTAÑEDA, JUDITH OLARTE DE LUNA, JULIÁN VALENCIA LUVIANO, JULIO CÉSAR MÉNDEZ HERNÁNDEZ, JULIO DE JESÚS SIBAJA DE LA CRUZ, JUVENCIO OCTAVIO TENORIO CARDOZA, KARIME BLANCO RODRÍGUEZ, KARINA BEAURREGARD HERNÁNDEZ, KARINA CRUZ GUERRERO, KRISTELL ROXANA SÁNCHEZ LEYJA, LAURA YESENIA RODRÍGUEZ FONSECA, LEONIDES SUMUANO CRUZ, LETICIA ANTONIO, LETICIA CASTILLO GONZÁLEZ, LETICIA SUBIAUR ACOSTA, LIBIA HERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, LIBNI VIRIDIANA JEREZANO CASTRO, LILIA GONDA AGUAYO, LINA SARAI ARRES ROMERO, LIZBETH VELASCO MONTALVO, LIZETH ARIANA ZAMORANO CHACÓN, LORENA QUEVEDO MOJICA, LORENA TOLEDO GONZAGA, LORENZO CASTRO CALLES, LORENZO PEÑAFIEL LARA, LUCIA IRLANDA SALOMÓN MORALES, LUIS ENRÍQUE GARCÍA GARDUZA, LUIS MARTÍN FUENTES DE LA CRUZ, LUIS RODRIGO SÁNCHEZ TORRES, LUZ MAYELI RODRÍGUEZ FLORES, LUZ YESENIA ARMAS GARCÍA, LUZ ZELENIA DOMÍNGUEZ ESPINOZA, MANUEL JADAD RANGEL CRUZ, MARÍA ANTONIA WEBER BURQUE CRUZ, MARÍA BEATRIZ JIMÉNEZ LLANAS, MARÍA CANDELARIA PALOMINO DOMÍNGUEZ, MARÍA DE LOURDES DÍAZ GUTIÉRREZ, MARIA DE LOURDES MARTINEZ SÁNCHEZ, MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PAVÓN, MARÍA DEL CARMEN TIBURCIO MORTEO, MARÍA DEL ROCÍO TOLEDO GONZAGA, MARÍA DOLORES ARAIZA IZQUIERDO, MARÍA ELENA GARCÍA GONZÁLEZ, MARÍA ESTHER RODRÍGUEZ FLORES, MARÍA GLORIA EDITH MALDONADO FUENTES, MARÍA GUADALUPE LARA SOLÍS, MARÍA RAQUEL ZAMUDIO LARA, MARÍA TERESA PÉREZ RODRÍGUEZ, MARIANA MARIELA MARTÍNEZ BARRIGA, MARICELA HUERTA JIMÉNEZ, MARISOL ANTONIO VILLASECA, MARISOL MIRANDA CARLOS, MARTHA ELENA MAGAÑA MIJANGOS, MARTHA ISABEL ZEFERINO PEÑA, MARY CARMEN CERVANTES LORENZANA, MATILDE JIMÉNEZ SOBERANES, MATILDE PARADA CRUZ, MAURICIO ALBERTO COLÍ SALAS, MÁXIMO ANTONIO SILVESTRE, MAYRA EDITH ZAMORANO CHACÓN, MAYRA IVETH ESTEVA FELIPE, MAYRELI RIVERA SALAZAR, MELI MABET GARCÍA MACÍAS, MICHELL LEYVA PÉREZ, MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ AGUILAR, MIGUEL ULLOA ESPINOZA, MINERVA EGREMY ARRÓNIZ, MIRIAM LIZBETH ESPINOZA JIMÉNEZ, MIRTA GUADALUPE GÓMEZ FERNÁNDEZ, MOISÉS TADEO SALAZAR ARTEAGA, NALLELY IZANAMI HERNÁNDEZ LUCAS, NANCY VARGAS CASTELLANOS, NANCY YELA ANTONIO, NATANAEL GRIMALDO TORAL, NÉLIDA MARTÍNEZ TERÁN, NOEL CLÍMACO HERNÁNDEZ ORTEGA, NOEMÍ LÓPEZ PÉREZ, NORMA DE LOURDES MORALES MARTÍNEZ, OBED GUILLÉN ALVARADO, ODILA VALDÉZ SANDOVAL, OMAR GONZÁLEZ BELLO, OMAR OROZCO HERNÁNDEZ, OSCAR ALEJANDRO CAZARÍN PÉREZ, OSCAR CARLOS MONTIEL, OVET MEDINA CRUZ, PABLO ARRIOJA LIMA, PAOLA BERENICE CASTELLANOS CONTRERAS, PATRICIA ÁNGEL ZAPATA, PATRICIA LUGO RODRÍGUEZ, PATRICIA PÉREZ MARÍN, PATRICIA REYES BONILLA, PEDRO ANTONIO RODRÍGUEZ DÍAZ, PEDRO RODRÍGUEZ IZQUIERDO, RAFAEL SOSA GARCÍA, RAMON ARCE MENDOZA, RAMÓN SALOMÓN CONTRERAS, RAMÓN TEJEDA ÁLVAREZ, RAÚL BLASÍ DOLORES, RAÚL DARIO FENTÁNES OCAMPO, RAÚL RÍOS LOZANO, RAÚL TRIANA AGUIRRE, RÉGINA BEATRIZ MARTÍNEZ BARRÍA, RICARDO JOSÉ JIMÉNEZ HERNÁNDEZ, ROBERTO HERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, ROBERTO SOSA GARCÍA, ROBERTO VÁZQUEZ ARGAEZ, RODOLFO ENRIQUE ROJAS MÉNDEZ, RODOLFO VELA SÁNCHEZ, ROGELIO REYES RUEDA, ROMÉLIA HERNÁNDEZ MOLINA, ROSA ISELA TORRES VELÁZQUEZ, ROSA KARINA SÁNCHEZ ENRÍQUEZ, ROSA MARÍA MATEO SÁNCHEZ, ROSALINDA CRUZ ABURTO, ROSARIO NICOLÁS DOMÍNGUEZ, ROSAURA RAMOS GÓMEZ, RUBICELIA VALDIVIESO TOTO, RUTH CRUZ SANTOS, SAIRA ROSELIA BLAS ESPINOZA, SANDRA HERNÁNDEZ GARCÍA DE TEJEDA, SANDRA INÉS GONZÁLEZ PÉREZ, SONIA SANTOS CHUC, STEFAN REYES SOL, SUSANA GONZÁLEZ DURÁN, SUSANA RANGEL SÁNCHEZ, TERESA DE JESÚS SANTIAGO ORTÍZ, TERESA DE JESÚS TORRES MORALES, TERESITA DEL CARMEN RONZÓN LAVIÉ, TOMÁS VÁZQUEZ OLIVA, TOMASA POSADAS VILLANUEVA, VANESA VILLALVAZO HERNÁNDEZ, VERÓNICA HERNÁNDEZ ARIAS, VÍCTOR HUGO VEGA DÍAZ, VICTOR MANUEL GALLEGOS CORTÉS, VICTOR TIBURCIO ZAAMARIO, VIRGINIA TOLEDO LAGUNES, VIRIDIANA BEATRIZ VÁZQUEZ TOVAR, VLADIMIR ORTEGA RODRÍGUEZ, WENDY PECH CARRASCO, XAVIER ANTONIO FIERRO MARTÍNEZ, XÓCHITL CARINA RODRÍGUEZ CRUZ, XÓCHITL MACÍAS MACEDA, YAIR RAMÍREZ LÓPEZ, YARA BASULTO ENRÍQUEZ, YARENIS RAMÍREZ MUÑOZ, YOSHIRA MARIA CONCEPCION RAMIREZ IZQUIERDO, YENI ARREDONDO ESCOBAR, YULIANA CORRO JIMÉNEZ.

Curso de Argumentacion Jurídica


ASISTENTES AL CURSO
"NECESIDADES DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA CON MOTIVO DE LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES"
IMPARTIDA POR EL MAESTRO EN DERECHO FERNANDO CÓRDOVA DEL VALLE
SEPTIEMBRE 2008

AARÓN GÓMEZ TADEO, ABEL JIMÉNEZ HERNÁNDEZ, ABRAHAM LANDAVERDE P., ADOLFO GARZA ESQUIVEL, ADRIÁN ARREDONDO CABRERA, ADRIANA CAMACHO MENDIETA, ADRIANA IVETT NIETO ARENAS, ADRIANA YEPEZ NUÑEZ, AGUSTÍN ALOR FLORES, AGUSTÍN VELÁSQUEZ HERRERA, ALBERTO RAMÍREZ TRINIDAD, ALEIDA ORDÁZ RASGADO, ALEJANDRA DOMÍNGUEZ MORALES, ALEJANDRA MADRAZO MOTA, ALEJANDRINA MALDONADO MARTÍNEZ, ALEJANDRO HUMBERTO CONDE VALDIVIESO, ALEJANDRO RAMÍREZ PRIETO, ALEXANDER CÁRDENAS VERGARA, ALEYDA SÁNCHEZ PASCUAL, ALFONSO GUILLÉN HERNÁNDEZ, ALFONSO JIMÉNEZ GUIZAR, ALFREDO BALCÁZAR ULÍN, ALICIA MORENO ZARAGOZA, ALMA DELFINA AGUILAR TADEO, ALMA DELIA RODRÍGUEZ ALOR, AMADO ALONSO GUILLÉN, AMADO DE JESÚS CRUZ MALPICA, AMADO MANUEL MARTÍNEZ, ANA ISABEL BRAVO GARCÍA, ANA LAURA CASTILLO PINEDA, ANA LILIA REYES TOLEDO, ANA LUISA GUTIÉRREZ TREVIÑO, ANA LUISA RODRÍGUEZ GERÓNIMO, ANA MARÍA SERNA PÉREZ, ANA MINERVA SALGADO PASTRANA, ANA YELI LURÍA HERNÁNDEZ, ANACLETO FERNÁNDEZ CORTÉS, ANAYELI FUENTES HERNÁNDEZ, ANDRÉS LEÓN RAMÍREZ, ÁNGEL BAUTISTA MARTÍNEZ, ANSELMO SECUNDINO DIEGO, ANTONIO A. GRANADOS G., ANTONIO MILLÁN FRANYUTTI, ANTONIO PINEDA TORRES, ARELY DENNIS FLORES REVUELTA, ARMANDO PÉREZ ANGELES, ARMANDO RECHY VARGAS, ARMANDO SÁNCHEZ VELÁZQUEZ, ARTURO ORDÁZ GALLEGOS, ARTURO PALACIOS LÓPEZ, ARTURO PERALTA MIJANGOS, ARTURO SALOMÉ VELÁZQUEZ, AUDELIA JIMÉNEZ MÉNDEZ, AUGUSTO GONZÁLEZ SILVA, AURY MÉNDEZ SOLANO, AYARI TRUJILLO CUEVAS, BÁRBARA AURORA MANCILLA SEGURA, BASILIO ACOSTA TORRES, BEATRIZ ESPINOZA CRUZ, BEATRIZ RODRÍGUEZ LUNA, BEN DAVID POLA OCHOA, BERNARDO VÁZQUEZ SÁNCHEZ, BETSABÉ ROMERO RUÍZ, BLANCA ESTELA ESCOBAR RAMÍREZ, BLAS GÓMEZ LÓPEZ, BRAULIO ALFONSO MARTÍNEZ, BRENDA DE JESÚS GARCÍA CÓRDOBA, BRIZA CISNEROS VARGAS, CALIXTO NEFTALÍ GARCÍA CRUZ, CANDELARIA AGUIRRE GARCÍA, CARLOS ABEL JIMÉNEZ CORTÉS, CARLOS FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, CARLOS HUMBERTO NAZARIEGO SÁNCHEZ, CARLOS LEONEL HERNÁNDEZ LÉPEZ, CARLOS MORENO ZARAGOZA, CARLOS PORFIRIO FUENTES MENA, CARLOS RUÍZ ALEJANDRE, CARMEN AGUIRRE ALARCÓN, CAROLINA MEXICANO FÉLIPE,
CAROLINA PÉREZ SOSA, CAROLINA STEPHANÍA CARRASCO MARTÍNEZ, CATALINA LÓPEZ DELGADO, CÉSAR ALFONSO MARCIAL FUENTES, CÉSAR MARTÍNEZ DECEANO, CÉSAR MORALES, CHIRTIÁN IRENE DORANTES OLIVARES, CHRISTIÁN ARELI SUÁREZ HERNÁNDEZ, CINTHIA ALEGRÍA VELÁZQUEZ, CINTHIA OCAMPO MALDONADO, CIRA AMADA HERNÁNDEZ MORALES, CLAUDIA IVETTE VERA PÉREZ, CLAUDIA JUÁREZ ARMENTA, CLAUDIA ORTÍZ ESPINOSA, CLAUDIO SANDOVAL SANDOVAL, CLORIS MAYO FLORES, CONSTANTINO ADRIÁN SOTO CASTRO, CRISANTO ZARATE CRUZ, CRISPINA VERDE MORALES, CRISTHIÁN ALFONSO FUENTES PÉREZ, CRISTÓBAL DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, CUAUHTÉMOC PERERA ESTRADA, CYNTHIA CORTÉS MONTALVO, CYNTHIA IRANEA OCELOT TOGA, CYNTHIA LÓPEZ ZAMUDIO, CYNTHIA PATRICIA CASTRO ESTUDILLO, CYNTHIA ROJAS LIBREROS, DAFNE IRAÍS CASTILLEJOS AGUIRRE, DANIEL CABRERA MORALES, DANIEL CASTILLO GÓMEZ, DANIEL NOLASCO PÉREZ, DANIEL REYES ALOR, DARLING VICTORIA PALMA MARTÍNEZ, DAVID HERNÁNDEZ ALTAMIRANO, DELFINO MOLINA REYES, DELFONSO MOLINA R., DELIA ISABEL MORENO GARCÍA, DIANA CRISTAL FERNÁNDEZ JIMÉNEZ, DIANA DAMARIS JIMÉNEZ CARRERA, DIEGO MANUEL IXBA MÁLAGA, DIONISIA GARCÍA CARRILLO, DOLORES TOTO PÉREZ, DORIS BRISELDA PÉREZ SUÁREZ, DORIS VANESSA CRUZ ALONSO, EDITH HERNÁNDEZ MÉNDEZ, EDUARDO AGUIÑAGA JIMÉNEZ, EDUARDO BOLÁN VILLASECA, EDUARDO RAMOS CARMONA, EFRÉN ANTONIO RODRÍGUEZ DÍAZ, ELÍAS ESPEJO GONZÁLEZ, ELISA COLMENARES GARCÍA, ELISA SÁNCHEZ ACEVEDO, ELIZABETH SÁNCHEZ JACINTO, ELMER DEL CARMEN RIVERA CHAN, ELVIRA ORTÍZ LÓPEZ, EMIR SÁNCHEZ VÁZQUEZ, ENRÍQUE CHIÑAS TRINIDAD, ENRÍQUE GARCÍA S., ENRÍQUE GONZÁLEZ RAMOS, ENRÍQUE RODRÍGUEZ BASURTO, ERASMO BALDERAS FLORES, ERIKA AQUINO JIMÉNEZ, ERIKA DANIELA CARRILLO DE LA CRUZ, ERIKA JOSÉ CASTILLO, ERNESTO HERNÁNDEZ CANCINO QUINTERO, ESMERALDA NAVARRO VILLEGAS, ESTEBAN CADENA DOMÍNGUEZ, ESTELA FIGUEROA ORTÍZ, EVA MISS MARTÍNEZ, EVA PÉREZ ANDRADE , EVANGELINA VILÉZ RIVERA, FAUSTO VICENTE TORRES PÉREZ, FEDERICO AYOMETZI, FELIA RUEDA RUEDA, FÉLIPE CORTÉS MARTÍNEZ, FÉLIPE GARCÍA PASIÓN, FÉLIX VEGA DÍAZ, FERNANDO CARRILLO VÁZQUEZ, FERNANDO DEGYVES GARCÍA, FERNANDO DOMÍNGUEZ VALENCIA, FERNANDO GARCÍA CRUZ, FERNANDO MARTÍNEZ PLASCENCIA, FERNANDO PRIEGO ONOFRE, FIDENCIO ALOR ALOR, FIONA MARÍA ESTHER DE LA CRUZ SALAZAR, FRANCISCO ALBERTO ANTEMATE TORRES, FRANCISCO CARLOS RAMOS, FRANCISCO FACUNDO ANDRADE, FRANCISCO GUADALUPE MEDINA MAGAÑA, FRANCISCO HERNÁNDEZ FLORES, FRANCISCO JAVIER CABRERA CASTAÑEDA, FRANCISCO JAVIER CRUZ RÍOS, FRANCISCO JAVIER DIZ REYES, FRANCISCO JAVIER OKAMURA SALOMÓN, FRANCISCO JUAN HERNÁNDEZ BOETTIGER, FRANCISCO LINARES SERNA, FRANCISCO MORALES LÓPEZ, FRANCISCO RAÚL PAGANONI O´DONOHOE, FREDY HURTADO MONTIJO, GABRIEL ALFREDO CARRILLO BURGOS, GABRIELA FRIAS MACIP, GEMA ESPINOSA GUTIÉRREZ, GÉNARO DAVID BERMEJO OROZCO, GERALDINE R. SERRANO GALÁN, GERARDO GONZÁLEZ CRUZ, GILBERTO ESCOBAR MARTÍNEZ, GLORIA E. CHONTAL GUILLÉN,
GLORIA LIS HERRERA GARCÍA, GONZALO FLORES ESCAMILLA, GUADALUPE CAMPA B., GUADALUPE DEL PILAR CASTILLO VADILLO, GUADALUPE SALCEDO GÓMEZ, GUILLERMINA ROBERT JIMÉNEZ, GUILLERMO ARENAS VELASCO, GUSTAVO BREMONT LÓPEZ, HÉCTOR ANTONIO GARCÍA, HÉCTOR HUGO MANZANO OLANO, HÉCTOR MANUEL ROJAS MEZA, HÉCTOR RICARDEZ ARENAS, HÉCTOR SÁNCHEZ SÁNCHEZ, HÉCTOR ZAPATA FRANCO, HEIDI DEL CARMEN DE LA CRUZ ÁLVAREZ, HERBER RAMOS CRUZ, HIRÁM SANTIAGO SEGURA, HOMERO GUTIÉRREZ MELCHOR, HOSTALIN VICENTE TORRES, I. EDITH VÁZQUEZ ANGULO, ILIMA ABI ANAYA HERNÁNDEZ, ILSE ADALID RODRÍGUEZ MORENO, IMELDA AGUILLÓN GONZÁLEZ, IRASEMA MORALES NOTARIO, ISABEL DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ, ISABEL LETICIA GARCÍA HERNÁNDEZ, ISABEL MIGUEL MARTÍNEZ, ITAMAR HERNÁNDEZ PELAYO, IVÁN ARMANDO ROSALES P., IVÁN CHIÑAS SANTIAGO, IVÁN JASSIEL GÓMEZ CRUZ, IVONNE MARTÍNEZ TAPIA, JAIME GÓMEZ RUEDA, JAIME MÉNDEZ SANDOVAL, JAIME SANTOS MEZA, JAÍR AURELIO GAMBOA ESPERÓN, JANETH AYALA DELFÍN, JANETH DEL C. RUÍZ ALEJANDRO, JANETH GERÓNIMO PACHECO, JANETH LÓPEZ MIGUEL, JARED MARTÍNEZ RAMOS, JAVIER DEMETRIO PONCE CADENAS, JAVIER FÉLIX MARTÍNEZ SOTELO, JAVIER GONZÁLEZ SÁNCHEZ, JAVIER RAMOS HERNÁNDEZ, JESICA VALENZUELA ZAVALETA, JESSE MANZO ROSSE, JESSICA LIZBETH OROZCO PRESCENDA, JESÚS ABDÓN SÁNCHEZ OLVERA, JESÚS MANUEL CUETO PIMENTEL, JESÚS SEVERIANO LÓPEZ VELASCO, JOAQUÍN SEBA ESCRIBANO, JOCELYN JAZMÍN SANTIAGO ZUÑIGA, JOHNNY VÁZQUEZ FLORES, JONÁS RODRÍGUEZ SALINAS, JORDAN JUAN PÁEZ, JORGE ALBERTO SALVADOR MÁRQUEZ, JORGE ISMAEL GUZMÁN DÁVILA, JORGE LUIS JIMÉNEZ MADRIGAL, JORGE LUIS ORDÁZ PIÑÓN, JORGE LUIS PÉREZ RETAMA, JORGE SÁNCHEZ FIGUEROA, JOSÉ ALBIE SÁNCHEZ LARA, JOSÉ ALEJANDRO BLANCO GUTIÉRREZ, JOSÉ ÁLVARO VASCONCELOS CAMACHO, JOSÉ ÁNGEL BLANCO MORALES, JOSÉ ÁNGEL HIDALGO ESCOBAR, JOSÉ ANTONIO CERVANTES LAGUNES, JOSÉ ANTONIO GARCÍA LÓPEZ, JOSÉ AURELIO GROTH CARMONA, JOSÉ JUAN ARREDONDO CHONTAL, JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, JOSÉ LUIS OCAÑA ROSAS, JOSÉ LUIS SANTÉLIZ ÁLVAREZ, JOSÉ M. AMBROSIO MORALES VALDÉZ, JOSÉ MANUEL RICARDEZ RODRÍGUEZ, JOSÉ VELIO OLMOS NOCHEBUENA, JOSIVER ESPINOSA TRUJILLO, JOSUÉ MARTÍNEZ MARTÍNEZ, JUAN ALBERTO AVALOS, JUAN ANTONIO MENDOZA VÁZQUEZ, JUAN CARLOS CARRERA ZETINA, JUAN CARLOS CHARLESTÓN SALINAS, JUAN CARLOS MÉNDEZ MORENO, JUAN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, JUAN JOSÉ DE LA O ALTAMIRANO, JUAN MANUEL DE LA CRUZ ESPINOSA, JUAN ULISES DESMOCTT SANTIAGO, JUANA BEATRIZ TULLEY HERNÁNDEZ, JULIAN VALENCIA LUVIANO, JULIO CERVANTES PRADO, JULIO CÉSAR HIDALGO HERNÁNDEZ, JULIO CÉSAR MÉNDEZ HERNÁNDEZ, KAREN STEPHANIE GARCÍA OVANDO, KAREN YUNIS ESCOBAR, KARINA BEAURREGARD HERNÁNDEZ, KARINA GUADALUPE GONZÁLEZ RÍOS, KARLA MAGDALENA SÁENZ VENTURA, KENDY MALINALLI LINARES TREJO, KRISTELL ROXANA SÁNCHEZ LEYJA, LAURA ELOISA GUTIÉRREZ CABRERA, LAURA KARINA ALFARO PÉREZ, LÁZARO ANTONIO MORALES ROMEO, LEOBARDO NUÑEZ TREJO, LEONARDO CRUZ CASAS, LEONEL FERNANDO LLUNES ANGULO, LEONIDES SUMUANO CRUZ, LETICIA S. ACOSTA, LEZEK LIRA CORTÉS, LIDIA ELIZABETH AGUILLÓN GONZÁLEZ, LIGIA BERENICE GRAJALES FLOTA, LILIA GONDA AGUAYO, LINA SARAÍ ARRES ROMERO, LINDA NATALIA VÁZQUEZ CASTILLO, LINETTE BAUTISTA CORTÉS, LIZETH NALLELI MIRANDA GÓMEZ, LORENA QUINTERO MARÍN, LORENZO ANTONIO SANTOS, LUCIA ISABEL UTRILLA MUÑOZ, LUIS ALFREDO SERRATO QUILLO, LUIS ARTURO TORRES AVALOS, LUIS DEL ÁNGEL MOTA, LUIS DELFINO GONZÁLEZ QUIRINO, LUIS FEDERICO CARRILLO N., LUIS GONZALO NOLASCO SALINAS, LUIS MARTÍN FUENTES DE LA CRUZ, LUIS OCTAVIO MÁRQUEZ CORTÉS, LUIS ROBERTO GÓMEZ MICHI, LUISA GABRIELA LEAL MOO, LUZ YESENIA ARMAS GARCÍA, LUZ ZELENIA DOMÍNGUEZ ESPINOZA, MANUEL JADAD RANGEL CRUZ, MARCOS A. HERNÁNDEZ NOLASCO, MARCOS GARCÍA MARTÍNEZ, MARGARITA CUEVAS PALACIOS, MARGARITA SÁNCHEZ MONTES, MARÍA COLORADO MARTÍNEZ, MARÍA DE JESÚS RÍOS BLANCO, MARÍA DE LA LUZ FLORES LONG, MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ L., MARÍA DE LOURDES GUENDOLAIN, MARÍA DE LOURDES GUENDOLAIN, MARÍA DE LOURDES MARTÍNEZ SÁNCHEZ, MARÍA DE LOURDES MORENO GARIBAY, MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, MARÍA DEL CARMEN MARTÍNEZ SIBAJA, MARÍA DEL CARMEN PAZ JIMÉNEZ, MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PAVÓN, MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ SOSA, MARÍA DEL CARMEN TIBURCIO MORTEO, MARÍA DEL PILAR SEGURA SÁNCHEZ, MARÍA ELENA CALLEJAS ALARCÓN, MARÍA ESPERANZA CÁRDENAS PALACIOS, MARÍA ESTHER LÓPEZ CORNELIO, MARÍA GUADALUPE LARA SOLÍS, MARÍA GUADALUPE VICHIDO LANDA, MARÍA ISABEL PÉREZ M., MARÍA LORENA ALTAMIRANO SAN JUAN, MARÍA MAGDALENA POBLETE ARIAS, MARÍA TERESA PAZ RODRÍGUEZ, MARÍA TERESA PÉREZ RODRÍGUEZ, MARÍA TERESA REYES JUÁREZ, MARIANO GUADALUPE MORALES AGUSTÍN, MARICELA HUERTA JIMÉNEZ, MARILYN RASGADO SANTIAGO, MARIO ALBERTO GÓNGORA FACUNDO, MARIO EDUARDO QUINTANAR GALEAS, MARISABEL EK HERNÁNDEZ, MARISOL ANTONIO VILLASECA, MARISOL CHÁVEZ PACHECO, MARLINDA CARRASQUEDO SANTOS, MAROLY ARCOS ÁLVAREZ, MARTHA DE LOS ANGELES MENÉNDEZ NOUCHÉ, MARTHA ELENA MAGAÑA MIJANGOS, MARTHA HERNÁNDEZ SOTO, MARY CARMEN CERVANTES LORENZANA, MATILDE PARADA CRUZ, MAXIMILIANO HERNÁNDEZ RUEDA, MAYRA NABIL ALBORES MONTAÑO, MIGUEL ÁNGEL BAUTISTA HERNÁNDEZ, MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ AGUILAR, MIGUEL ÁNGEL SOTO PÉREZ, MIGUEL JOSUÉ MORALES BARAJAS, MIGUEL ULLOA ESPINOZA, MIGUEL VILLEGAS QUINO, MIRIÁM HERNÁNDEZ SALAZAR, MIRIAM LIZBETH ESPINOSA JIMÉNEZ, MOISÉS NOLASCO PÉREZ, MÓNICA DEL CARMEN URBINA HERNÁNDEZ, NANCY JANETH CIRIACO ANTONIO, NAZARIO OCAMPO RODRÍGUEZ, NÉLIDA MARTÍNEZ TERÁN, NORBERTO BALTAZAR GALVÁN, NORMA A. ORTÍZ G., NORMA DE LOURDES MORALES MARTÍNEZ, NORMA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, NUT SELENE SERRANO CAMACHO, OLGA LIDIA LARA CANCINO, OLGA V. CASTRO CASTILLO, OMAR ALEJANDRO RENDÓN FERNÁNDEZ, OMAR COUTIÑO ANDRADE, OSCAR EDUARDO UCAN CASTAÑEDA, OSCAR RICARDO GONZÁLEZ LINO, PABLO RAMÍREZ ROSAS, PAOLA BERENICE CASTELLANOS CONTRERAS, PATRICIA LUGO RODRÍGUEZ, PATRICIA MONTOYA RUÍZ, PATRICIA MONTOYA RUÍZ, PATRICIA OROPEZA NUÑEZ, PAULINA I. GALLEGOS GARCÍA, PEDRO RODRÍGUEZ MENDOZA, PETRA FABIOLA OKAMURA DÍAZ, POMPOSO SANTILLÁN GUEVARA, RAFAEL CADENAS MASCORRO, RAMÓN SALOMÓN CONTRERAS, RAQUEL GARCÍA ORDÁZ, RAQUEL GUADALUPE VALENZUELA BIELMA, RAÚL BLASÍ DOLORES, RAÚL BRITO MOLINA, REGINA BEATRIZ MARTÍNEZ BARRIA, RENATO DE JESÚS MARTÍNEZ LEMUS, REYES RAYO IRACEMA LISSETTE, RICARDO ALBERTO GAGSTATTER MORENO, RICARDO CABRERA NOLASCO, RICARDO JOSÉ JIMÉNEZ HERNÁNDEZ, RICARDO MORALES VALENCIA, RICARDO VALERIO CASTILLO, ROBERTO ORLANDO OLIVARES CARRILLO, ROBERTO PAREDES SÁNCHEZ, ROBERTO PÉREZ CASTRO, ROBERTO ROJAS RODRÍGUEZ, ROBIN CLARK SANDOVAL M., ROCKY JOSÉ B. POOL, RODOLFO ENRÍQUE ROJAS MÉNDEZ, RODOLFO ISAURO ROSAS BRAVO, RODOLFO VELA SÁNCHEZ, ROGELIO CARRANCO SALINAS, ROLANDO SÁNCHEZ MÉNDEZ, RONALDO COSTILLA PIMENTEL, ROSA ELENA MENDOZA LÓPEZ, ROSA ELVIRA ROMÁN TORRES, ROSA INÉS JIMÉNEZ ESPINOSA, ROSA MARÍA FLORES CASTELLANOS, RUBÍ BARRIOS ZEGA, RUBICELIA ÁLVAREZ G., RUBICELIA GONZÁLEZ ROMERO, RUTH CRUZ SANTOS, SAIRA ROSELIA BLAS ESPINO, SALVADOR HERNÁNDEZ SALINAS, SAMDY A. MARIÑO LARA, SANDINO CAMACHO VALENZUELA, SANDRA INÉS GONZÁLEZ PÉREZ, SANDRA LORENA HERNÁNDEZ CARAVEO, SANDRA SAN JUAN GARCÍA, SANTA HERNÁNDEZ MAR, SERGIO IVÁN SILVA BACHE, SILVIA FABIÁN BADILLO, SILVIA GABRIELA SALMERÓN SÁNCHEZ, SOLEDAD IDANIA JUÁREZ MORALES, SONIA BEATRIZ GARZA R., SONIA LÓPEZ VALENZUELA, SUSANA GABRIELA FARIAS M., SUSANA OCHOA GUARNEROS, SUSANA RANGEL SÁNCHEZ,TAMARA ELENA CASTRO JIMÉNEZ, TANIA MARIEL MARTÍNEZ S., TAYDE CUELLO SERRANO, TERESA DE JESÚS CHALE SALINAS, TOMÁS DANIEL HERNÁNDEZ LEÓN, TOMÁS DEGYVES ANTONIO, TOMÁS VÁZQUEZ OLIVA, TRINIDAD SANTIAGO RIBÓN, ULISES RUÍZ TOLEDO, VARENIMBERTH LÓPEZ MARTÍNEZ, VENERANDA SARMIENTO BARRIOS, VERÓNICA HERNÁNDEZ ARIAS, VERÓNICA RÍOS ANTONIO, VICTOR HUGO SÁNCHEZ PALMA, VICTOR HUGO VEGA DÍAZ, VICTOR MANUEL SEVILLA CELESTINO, VICTOR MANUEL TIBURCIO ROSAS, VICTOR RODRÍGUEZ ORTÍZ, VICTORIA BENÍTEZ CORTÉS, VICTORIA RODRÍGUEZ OLAETA, VIRGINIA AGUILAR FISCAL, WENCESALAO DAVID ANAYA ZARAGOZA, XÓCHITL MACIAS MACEDA, YAJAIRA HILARIO ÁLVAREZ, YANERIS RAMÍREZ MUÑOZ, YARA BASULTO ENRÍQUEZ, YASAHIT TERÁN CRUZ, YASHIRA MARÍA CONCEPCIÓN RAMÍREZ IZQUIERDO, YENNY ELIZABETH OLIVERA VICENTE, YESENIA GABRIEL VÁZQUEZ, YOLANDA ESTHER ROMERO GONZÁLEZ, YULIANA CORRO JIMÉNEZ, ZULEMA ZAPATA CABRERA.

miércoles, 23 de diciembre de 2009




EL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2009 EN LA CIUDAD DE AGUA DULCE VER. SE CELEBRÓ EL 4° GRAN TORNEO REGIONAL DE ABOGADOS, EN EL QUE PARTICIPARON LAS ESCUADRAS DEL 14° JUZGADO DE DISTRITO, ABOGADOS POR COATZACOALCOS, COBAEV 04, SINDICATO DE TRABAJADORE PETROLEROS, ABOGADOS DE MINATITLAN Y AGUA DULCE

martes, 15 de diciembre de 2009

martes, 6 de octubre de 2009


APUNTES DE DERECHO
POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ


NUESTRO COMPROMISO CON LA FORMACIÓN ACADÉMICA


Si quieres aprender, enseña.
Marco Tulio Cicerón (106 AC-43 AC)
Escritor, orador y político romano.

Un buen abogado reconoce que todo proceso de formación y aprendizaje siempre será una tarea inacabada, día a día el Derecho se modifica y se perfecciona, generando la necesidad de avanzar con él.

Para satisfacer esta necesidad de conocimientos, cumplimos nuestro compromiso ante la comunidad jurídica de Coatzacoalcos, promoviendo actividades académicas de primer nivel con personalidades que nos gratifican y transmiten su pericia en la ciencia del derecho.

Las actividades académicas comprende una diversidad temática de difusión, ejemplo de ello son los exitosos cursos realizado en colaboración con la Casa de la Cultura Jurídica “Ministro Humberto Román Palacios” de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y con el invaluable apoyo del H Ayuntamiento de Coatzacoalcos “Necesidades De La Argumentación Con Motivo De Las Reformas Constitucionales” y sobre “Menores Infractores” impartidos por los destacados juristas Mtro. Fernando Córdova del Valle y Dr. Ricardo Morales Carrasco.

La formación profesional y la Filantropía se enlazan en estos eventos académicos como la magna conferencia “La Desaparición Del Poder Judicial De La Federación” impartida por el Magistrado Manuel Juárez Molina, realizada en beneficio de la niñez de atención especial en Coatzacoalcos.

Es así como manifiesto mi compromiso de continuar con la realización de eventos de calidad, que ayuden a todo aquel interesado en nutrir y abundar en el conocimiento del apasionante mundo del Derecho.
curso titulado “Necesidades De La Argumentación Con Motivo De Las Reformas Constitucionales” impartido por el destacado juristas Mtro. Fernando Córdova del Valle, septiembre del 2008






miércoles, 30 de septiembre de 2009





Conferencia impartida el dia 25 de septiembre del 2009, por el Lic. Manuel Juárez Molina, Magistrado del Tribunal Colegiado en materia Administrativa y del Trabajo del Poder Judicial de la Federacion, con el tema "La Desaparicion del Poder Judicial de la Federacion".







CURSO SOBRE MENORES INFRACTORES IMPARTIDO POR EL DOCTOR EN DERECHO RICARDO MORALES CARRASCO LOS DIAS 10 Y 11 DE JULIO DEL 2009

miércoles, 9 de septiembre de 2009


APUNTES DE DERECHO
POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ

EL OCIO COMO DERECHO


En esta entrega abordamos el interesante tema respecto del derecho que tenemos todos los individuos al ejercicio personal del ocio, un concepto generador de opiniones opuestas y cuyo término es empleado y recurrido de manera errónea o inexacta la mayoría de las veces, por lo que es necesario delimitar sus alcances así como analizar su regulación en las leyes de nuestro país.

Para acotar el sentido de este ensayo, necesitamos iniciar definiendo la terminología que guarda semejanza respecto de la palabra ocio y eludir aquellos términos utilizados erróneamente como sinónimo y que en más de una ocasión han generado confusión y malos entendidos.

De acuerdo con la información enciclopédica, se le llama ocio al tiempo que se dedica a actividades que no son de trabajo, ni tareas domésticas esenciales; es decir es un tiempo recreativo que se usa a discreción y que es diferente al tiempo dedicado a las actividades obligatorias como son comer, dormir, realizar tareas, etc.

La palabra ocio (lat. octium) que significa descanso, dio origen, por oposición a la palabra negocio (neg-octium), es decir, la negación del ocio, ergo genéricamente conocido como: el descanso.


Es importante aclarar que el término "ocio" no debe ser confundido con "ociosidad", el cual, además de ser peyorativo es un estado en el cual se está voluntariamente sin realizar ninguna actividad, lo que conlleva muchas veces a caer en vicios y malos hábitos.


La pereza, (latin: acedia, accidia, pigritia), se define como negligencia, tedio o descuido en realizar acciones, movimientos o trabajos; se le conoce también como gandulería, flojera, haraganería, holgazanería; entre otros términos que incluso pueden llegar a ser peyorativos.
Así mismo el diccionario de la lengua española define a la vagancia como pereza, holgazanería o falta de ganas de hacer algo y al descanso como sinónimo de “reposo”, es decir la interrupción en el trabajo.

La expresión tiempo libre es de origen reciente (los autores contemporáneos aseguran que sustituye a la palabra “ocio” y que designa el privilegio de una vida desahogada) y apunta a una diferencia específica que lo distingue del tiempo libre, del que llena el trabajo, es decir que esta palabra en su terminología actual se emplea en un sentido más amplio y de mayor significado que lo distingue de aquel tiempo que transcurre entre una jornada laboral y otra, necesario para la reposición de fuerzas.

De acuerdo al diccionario de economía política, en el socialismo el tiempo libre se refiere “a la parte del tiempo que, fuera del trabajo, los trabajadores emplean en el descanso, el estudio, el mejoramiento de su calificación, como puede ser la labor social, la educación de los hijos, la cultura física, el deporte y la satisfacción de otras necesidades espirituales y en contraparte para el régimen capitalista, "el tiempo libre de una clase se crea convirtiendo en tiempo de trabajo toda la vida de las masas" (C. Marx).

Es por este pequeño análisis que considero correcto seguir utilizando la terminología “ocio” para hacer referencia a una manifestación de la voluntad humana que se realiza en un lapso de tiempo determinado que no genere actividad laboral y cuyo ejercicio es necesario para el desarrollo del individuo.

Gilbert Keith Chesterton, escritor británico del siglo XIX consideró que no debía confundirse el ocio con la libertad, ya que la presencia del primero no asegura la disponibilidad de la segunda.
Chesterton conocido como el príncipe de las paradojas resalta la habitual confusión entre las palabras ocio y libertad, debido a que «ocio» es utilizada para describir tres cosas diferentes: a) poder hacer algo, b) poder hacer cualquier cosa, c) poder no hacer nada».


Poder hacer algo, afirmaba, era la forma más común de ocio, poder hacer cualquier cosa, a la libertad de ajustar lo que uno desea dentro del tiempo de ocio, está más restringida, y tiende a limitarse a artistas y otros creadores. Sin embargo, poder no hacer nada era su favorita ya que permitía la inactividad, que para Chesterton era la verdadera forma de ocio.


También es necesario marcar distancia del ensayo utópico El Derecho a la Pereza, escrita por el autor francés Paul Lafargue, en que hace una defensa del sueño de la abundancia y el goce, de la liberación de la esclavitud del trabajo empleando para ello la paradoja como figura retórica para explicar mejor la doctrina marxista entre la clase obrera de su tiempo.


Para María Sonia Cristoff en su ensayo “Queremos Descansar, la Historia del Ocio” expone de forma magistral la tipología del ocio, particularizando en la naturaleza y dinamismo del mismo en sus vertientes conocidas, exponiendo al ocio como fuente de sabiduría, como mecanismo del placer, como tiempo libre, como amenaza, como consumo, como generadora de pereza, como instinto, como creación y finalmente como quimera.

Acotado los términos y contextos en que se puede estudiar al ocio formular la interrogante de ¿está garantizado en México el derecho al ocio?

De conformidad con el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales (ICESCR, por su sigla en ingles) en vigor desde el 3 de enero de 1976, compromete a las partes a trabajar para la concesión de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, incluidos los derechos laborales y los derechos a la salud, la educación y un nivel de vida adecuado, establece también en su artículo 7 inciso d) la protección y garantía al descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las variaciones periódicas pagadas, así como la remuneración de los días festivos

El pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales comprende el derecho a la seguridad social, al trabajo remunerado, al descanso y al ocio recreativo; a disfrutar de un nivel de vida adecuado, a la educación y a participar en la vida cultural de la comunidad.

Nuestra Constitución política de los estados unidos mexicanos en su título sobre el trabajo y de la previsión social en el del artículo 123 apartado b fracción III establece el derecho que toda persona tiene al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, y establece lo que desde mi perspectiva garantiza el plano ejercicio de la actividad motivo del presente ensayo, al señalar que los trabajadores gozarán de vacaciones, facultando al propio trabajador la forma en que empleará este beneficio.

Algunos críticos minimalistas establecen que tanto el sistema socioeconómico como otros factores sociales como la religión han negado sistemáticamente el derecho al ocio y a la pereza, nos han inducido al descanso como forma reparadora para seguir produciendo, sin embargo como ha quedado establecido, el ocio debe entenderse como producto del descanso y como parte componente del binomio “trabajo-descanso” ya que el segundo siempre será referente del primero, el trabajo es lo que da el carácter a la práctica del ocio, si alguna razón tienen estos críticos es sobresaltar el carácter del ocio negativo asemejado al pereza y a la vagancia, del que efectivamente la sociedad en su conjunto no estimula y que incluso se puede sancionar, según lo establecido por la con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 38 fracción IV, que establece que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes, resaltando el valor negativo de la práctica degradada de la inactividad humana.

Como resultado del análisis y bajo la óptica jurídica contenida en las fuentes analizadas, se pede afirmar que en nuestro país el ocio está contemplado como un Derecho, consagrado para el disfrute de todos los destinatarios de la norma.



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Conferencia Evolución del Derecho, impartida por el Dr. en Derecho Jose Antonio Marquez Gonzalez, el dia siete de agosto del presente año, en las instalaciones de la CMIC.


miércoles, 19 de agosto de 2009




El jueves nueve de julio del presente año el H. ayuntamiento de la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, festejo con un magno evento a la comunidad jurídica de la región sur, en un aniversario mas del día del abogado.

miércoles, 22 de julio de 2009



APUNTES DE DERECHO

POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ

Ius Sepulcri o Derecho Funerario
Derecho a ser sepultado o a sepultar

Abordaré en este espacio el tema de la muerte como fuente generadora de relaciones jurídicas, este tema que para nadie de nosotros es ajeno nos obliga a reflexionar que la muerte como acto natural tampoco está excluida de las regulaciones legales.

Para conocer esta área casi desconocida del vasto imperio del derecho, nos lleva necesariamente a la revisión histórica, que muestra que desde la antigüedad la muerte se entendía como un cambio de forma, por lo que esta apreciación no era de modo alguno trágica, sino fruto de una aspiración y de allí que las honras fúnebres constituyan algo realmente valioso y que todo este culto que se le dispensa a los muertos venga a tener una especial relevancia tanto en la cultura antigua cómo en el Derecho

Desde el principio de los tiempos el hombre realiza la práctica de enterrar a sus muertos, que con el crecimiento poblacional y debido al conglomerado en ciudades o núcleos urbanos surge la necesidad sanitaria de depositar los cadáveres en un lugar determinado y que revista todo el respeto que en muerte se le puede rendir a los seres queridos los que promueve el surgimiento del régimen funerario con el origen de los cementerios, régimen que predomina hasta nuestra época.

En estricto sentido el derecho funerario otorga a su titular la potestad de conservación de los cadáveres, restos humanos y cenizas. Es un derecho concedido en forma de concesión de uso de nichos y columbarios (tumbas, sepulturas) previo pago del derecho correspondiente.

La muerte es también un hecho jurídico ya que genera una relación jurídica que vincula al particular con el panteón y con la administración, toda vez que desde los romanos, el panteón debe estar fuera del comercio de los hombres, pero el derecho sí está dentro del comercio de los hombres.

Al respecto no existe el consenso académico de la naturaleza jurídica del Derecho Funerario, toda vez que algunos autores establecen que no es un derecho de propiedad, ni uno de dominio, por que tiene la inmediatez, el particular, titular del ius sepulcri, no tiene permanencia, ni uso, ni habitación, por que ese derecho se extingue con la muerte del titular del derecho de uso y habitación, otros autores afirman que es un derecho real de propiedad, regido por el derecho administrativo, por el contrario otros autores dicen que es un derecho personal, porque el titular de ese derecho tiene derecho a la inhumación, al entierro, y otros autores dicen que la naturaleza de ese derecho es de propiedad sui generis.

Para explicar el sentido jurídico de la sepultura es necesario distinguir que el derecho sobre el sepulcro (ius sepulcri= derecho a ser sepultado o a sepultar), es un derecho real, y que derecho al enterramiento (ius sepeliendi), que es un derecho no patrimonial, sino personal, inalienable y no sometido a ejecución forzosa, al contrario que el precedente.

Los familiares del difunto tienen la concesión de uso de un bien del dominio público (no es un servicio público).que se llega por un acto del derecho administrativo público, bilateral, porque crea derechos y obligaciones para ambas partes,

Con la muerte y el procedimiento de disposición del cadáver nacen derechos subjetivos públicos, como lo son: inhumar, exhumar, reducir, cremar, etc. se vinculan con el servicio del cementerio, construir y la obligación de mantener lo construido.

Las regulaciones de derecho en este ámbito genera inalienabilidad relativa, inalienabilidad absoluta, los bienes son inembargable, imprescindibles, no arrendables, no susceptibles de explotación lucrativa, y no se pueden hipotecar, naturaleza de este derecho personal, derecho subjetivo público

El derecho de conservación de los cadáveres, restos humanos y sus cenizas es solamente un fracción que la muerte genera relaciones jurídicas con servicios especializados que necesidad de una normativa funeraria como lo pueden ser las empresas de servicios funerarios, el transporte funerario y las normas de sanidad a cumplir en los casos de muerte en lugar lejano a su última morada o en país extranjero, los enterramientos, las cremaciones, exhumaciones





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martes, 30 de junio de 2009

jueves, 11 de junio de 2009


APUNTES DE DERECHO


POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ

EL TRANSPLANTES DE ÓRGANOS DESDE LA PERSPECTIVA LEGAL

La donación de órganos y tejidos se define como el acto de dar algo de si mismo a otro sujeto que lo requiere.

Los trasplantes de órganos y tejidos son procedimientos en los que intervienen factores científicos, sociales, morales, e incluso filosóficos, los que por su importancia requieren de un marco jurídico adecuado que responda a los cambios y evolución constante que presenta este procedimiento.

Son innegables las ventajas y beneficios de los trasplantes, que permiten incrementar las esperanzas de vida de muchas personas que están en espera de un órgano.

Haciendo un poco de historia es hasta mayo de año 2000 que los trasplantes fueron regulados por disposiciones legales contenidas en la Ley General de Salud en el Título Decimocuarto, estos preceptos fueron rebasados por diversos factores como los avances científicos, las tendencias en medicina, el crecimiento de médicos dedicados a esta terapéutica y sobre todo por el cambio positivo de la mentalidad de nuestra la sociedad.

La práctica de los transplantes en México se encuentra regulada por el marco jurídico constituido por:




  • La Ley General de Salud (Titulo Décimo Cuarto); desde 1984 destina el titulo décimo cuarto al control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos y a sido motivo de reformas de 1987 y en 1991.



  • El Reglamento en materia de control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos;


La Norma Técnica no. 323 para la disposición de órganos y tejidos de seres humanos con fines terapéuticos y

En este contexto y de acuerdo a la normatividad aplicable se considera que toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo total o parcialmente, para los fines y con los requisitos previstos en la Ley General de Salud.

Cada día se hace más necesaria la disponibilidad de órganos para transplantes y a pesar de esta necesidad y las campañas publicitarias que con periodicidad se implementan mucha gente no está enterada de la importancia de la donación de órganos, y con ello poder dar vida o prolongar la vida de otras personas.

Diversas instituciones colaboran para incrementar el número de donantes, sin embargo todavía existe un número incipiente de personas que donan órganos comparado con la gran demanda.


A nivel mundial los órganos susceptibles de ser donados para transplantes generalmente son los importantes como el hígado, corazón y los pulmones, además también se aceptan transplantes de médula ósea, cordón umbilical o sangre que contenga células estaminales adultas; este acto de altruismo pueden significar la diferencia entre la vida y la muerte para muchas personas que por diversas enfermedades tienen órganos que ya han perdido la posibilidad de seguir funcionando.

Asimismo, para recibir el órgano de un donante, se tiene que verificar rigurosamente que éste haya dado en vida su consentimiento para ello y que sea declarado oficialmente muerto, es por eso que los pacientes con muerte cerebral, en coma o respiradores artificiales que no estén cerebralmente muertos, No se consideran técnica ni moralmente muertos todavía y no es ético usarlos como donantes de órganos así sea con el propósito de salvar una vida.

En México los órganos vitales o tejidos que son donados o que son transplantados con mayor frecuencia son fundamentalmente cinco:

El corazón,
Pulmones,
Hígado,
Páncreas y
Riñones,

Además existen tejidos que si bien no son vitales, si mejoran sustancialmente la calidad de vida del enfermo como son ambas córneas, piel y hueso.


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sábado, 23 de mayo de 2009


APUNTES DE DERECHO


POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ

Continuando con el tema de las Garantías de Igualdad, consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es necesario comprender el alcance e importancia que reviste su artículo 12 y reflexionar el propósito último del contenido.

Para comprender hoy día la justificación de ésta máxima Constitucional, es necesario recordar que en el desarrollo histórico de nuestro país, desde la época colonial y hasta la promulgación de su primera constitución, las estructuras sociales guardaban marcadas diferencias respecto a su origen, raza, posición social y económica.

Por este motivo y en concordancia con los ideales liberales que buscaban la creación de una identidad nacional propia, fue necesario establecer la prohibición de todo derecho que implicara el rompimiento del concepto de igualdad entre los hombres, estableciendo con claridad en el Artículo 12º constitucional:

“En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza. ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país”.

Este mandato señala otra garantía específica de igualdad, al disponer la negación total de todo elemento jurídico o distintivo social que genere diferencia entre los individuos integrantes de la población mexicana, que puedan generar estratos de jerarquía, discriminación o el resurgimiento de castas sociales.

La Garantía Individual en éste artículo es en concreto un medio jurídico de protección, defensa o salvaguarda de los derechos del hombre en primer término, por lo que este derecho está jurídicamente resguardado y tutelado por la Constitución y el sistema jurídico mexicano, toda vez que conlleva la obligatoriedad del Estado Mexicano y sus autoridades de valorar a todo sujeto en cuanto hombre, situado en la misma posición que los demás, sin que sea dable otorgar ciertas ventajas ni privilegios a unos en detrimento de otros.

Luego entonces, mediante la seguridad jurídica que nos otorga nuestra Constitucional Federal, el gobernado se encuentra protegido y de tal fuerza jurídica es la naturaleza de esta disposición, que su inobservancia puede tener como consecuencia la pérdida de la ciudadanía mexicana, toda vez que la propia Carta Magna establece en el Artículo 37. las hipótesis para su pérdida:

a) “Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros”.

En este caso es contundente la prohibición, en la que no permite la mediación de poder alguno mediante permiso o autorización.

b) “Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras” o “Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones”

Siempre y cuando dicha actos hayan sido manifestados o realizados sin el previo permiso o licencia otorgada por el Congreso Federal o la Comisión Permanente según sea el caso.

La propia Constitución establece otras excepciones a esta regla, por el que gobiernos extranjeros puedan otorgar títulos a ciudadanos mexicanos y éstos puedan aceptarlos libremente sin que se requiera consentimiento o licencia alguna, siempre y cuando sean exclusivamente de de carácter literario, científico o humanitario.


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APUNTES DE DERECHO


POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ

Artículo 4 Constitucional, segundo y último


Como ya se ha comentado, las reformas y adiciones al articulo 4° de la constitución están dirigidas a la búsqueda de la igualdad jurídica de ambos sexos, protección y fomento del núcleo familiar, la paternidad responsable; la responsabilidad y el apoyo institucional para satisfacer las necesidades y salvaguardar los derechos fundamentales de la niñez como son: la protección de la salud, el derecho a la vivienda así como delimitar la responsabilidad de la federación y de los estados para la prestación de los servicios en estos campos.

Continuando con los comentarios de los últimos párrafos del artículo 4° Constitucional, es de manifiesto que una de las principales garantías tuteladas son los derechos de los menores, como se aprecia en el párrafo que se transcribe:


”Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral”


Para que en nuestro país se mantenga la cohesión social y el desarrollo humano es necesario reconocer y proteger los derechos a una seguridad familiar, iniciando con los sujetos más débiles, en los cuales se deposita toda esperanza de mejoramiento de vida, nuestros niños y niñas, preservando el gozo de los derechos de alimentación salud física y mental, se otorgan las herramientas suficientes para la formación de ciudadanos ejemplares y productivos en cualquier aspecto de su vida.


Si bien es cierto esta responsabilidad o el derecho de los menores recae en la figura de los padres, también lo es que los tutores o quienes tengan la custodia de ellos tendrán que vigilar cabalmente el cumplimiento de éstos, aunado con el apoyo y las facilidades que el Estado concederá a las precitadas figuras, como se aprecia en el párrafo que me permito a transcribir:


”Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.


El estado otorgara facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez".


El cuidado de las nuevas generaciones de Mexicanos es de importancia tal para la sobrevivencia de nuestro país que el Estado Mexicano ha reforzado este principio con normas regulatorias secundarias e instituciones que defienden los valores de la unidad familiar.


Ahora bien el siguiente párrafo del artículo en comento deviene de la necesidad mas sentida de la población, su carencia se traduce en problemática social por las insatisfacciones que provoca y las frustraciones que genera. La vivienda, como parte esencial de la estabilidad familiar, tiene una significación directa para la comunidad y en general con la Nación, como se aprecia textualmente:

”Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. la ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”


En este párrafo se observa que la familia es en el contexto de este articulo, mas que un núcleo de personas con apellidos afines, intereses mutuos y necesidades de un mismo orden, una organización social obligaciones y derechos. De estos postulados derivan los beneficios de supervivencia o en caso contrario de su descomposición.


Ahora bien las acciones que a partir del artículo 4° Constitucional emprende el estado en el rubro habitacional, tiende a regular los aspectos de planeacion, programación de estímulos, siempre buscando compaginar decisiones a nivel Federal con las correspondientes en los niveles Estatal y Municipal. De lo anterior han surgido instituciones, fondos y organismos, como INFONAVIT, FOVISSSTE Y FONHAPO, a la vez que se han definido herramientas legales correspondientes a la competencia de la Secretaria de Desarrollo Social, que opera las políticas habitacionales y de urbanización.

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sábado, 9 de mayo de 2009




APUNTES DE DERECHO


POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ

Artículo 4 Constitucional, primera parte

El Estado de Derecho, tiene desde el principio como uno de sus objetivos primordiales la búsqueda del equilibrio social con el mejoramiento continuo de realidad social y democrática.

Dentro del presente artículo Constitucional encontramos de manera clara el principio de equidad, siendo ésta la justicia distributiva, basada en la igualdad o proporcionalidad, en la moderación de aplicación de la ley en cuanto a los tributos y en cuanto las personas.

Es por eso que continuado con los comentarios de las garantías de igualdad contenidas en nuestra Carta Magna, abordaré los contenidos de este artículo en dos entregas, realizando los comentarios pertinentes de acuerdo al contenido de cada párrafo, buscando de esta forma con cumplir con el objetivo de exponer de forma clara sus alcances:

El Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:

El varón y la mujer son iguales ante la ley. ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.”

La igualdad de derechos sin distinción de género es el axioma primordial de ésta garantía, que reconoce no solo la paridad de iguales con el varón en todos los ámbitos de la vida jurídica y social, sino que además estimula el deber de la mujer a ingresar en los procesos políticos del país, para que con la libertad y sus responsabilidades conferidas, participe en la toma de decisiones nacionales.

“Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el numero y el espaciamiento de sus hijos.”

Implica el acotamiento de todo poder ajeno al libre albedrío individual, de imponer su criterio o coaccionar al individuo para inhibirlo o estimularlo respecto del número y periodo de concepción de nuestra prole, sin lugar a dudas uno de los fundamentos básicos para el pleno ejercicio de decisión.


Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo dispuesto por la fracción XVI del articulo 73 de esta constitución.”

El derecho a la salud es sin lugar a dudas uno de los grandes logros sociales, ya que se trata de una necesidad primordial en la vida de las personas y de un bien social en lo colectivo, Toda vez que la salud en el individuo no sólo se refiere a la ausencia de enfermedades, sino también a todas aquellas acciones que se realicen en su favor y que conlleven a su desarrollo integral, es por ello que de aquí se derivan todos los demás reglamentos en atención a la salud mismo que debe ser atendido en forma directa e inmediata por los organismos que tengan en su competencia la realización de estas funciones en forma profesional y técnica


“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar"

Importante el alcance de la modificación de este párrafo ya que el original se limitaba a garantizar el disfrute de una vivienda digna y decorosa garantía que se protegió con la creación de leyes especiales destinadas a cubrir este propósito.

Sin embargo este derecho fue perfeccionado toda vez que los alcances del medio ambiente sobrepasan a cualquier edificación o inmueble como anteriormente se estipulaba, correspondiendo no solo al conjunto de elementos abióticos y bióticos que integran la delgada capa de la tierra llamada biosfera, sustento y hogar de los seres vivos, sino también a todas las condiciones que dentro de la convivencia familiar deben existir en los hogares Mexicanos.


Los propósitos del conjunto de estos derechos es lograr el bienestar físico y mental del mexicano, por lo que el Estado Mexicano contribuye al ejercicio pleno de la capacidad humana de sus gobernados, prolongando y mejorando la calidad de vida en todos los sectores sociales, sobre todo los más desprotegidos, plasma la idea de lograr para el la población una existencia decorosa.


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martes, 28 de abril de 2009


APUNTES DE DERECHO
POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ


Prosiguiendo con el tema de nuestra anterior entrega respecto de las garantías de igualdad consagradas, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es necesario comprender el alcance del su artículo 1° y profundizar en uno de los logros que como humanidad hemos realizado, proscribir la práctica de la esclavitud.


El artículo 1º segundo párrafo Constitucional establece la máxima antiesclavista de la siguiente manera:


“Está prohibida la esclavitud en los estados unidos mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional, alcanzarán, por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes”.


Este artículo consagra precisamente uno de los derechos-libertades fundamentales para el hombre y el orden jurídico: la libertad personal de que debe disfrutar incondicionalmente todo ser humano.


El fin que persigue el texto de este artículo es el proscribir de manera definitiva la institución de la esclavitud de todo el territorio nacional, y no sólo para los nacionales, sino para toda persona que se encuentre en territorio mexicano, y los esclavos que lleguen a él, automáticamente adquieren, por ese solo hecho, la condición de hombres libres.


Se trata no de la aplicación de un estatuto jurídico: el de hombres libres, sino de la completa inexistencia en nuestro país del estatuto jurídico de esclavo, en este sentido, nuestra Constitución reconoce como atributo de todo hombre a la libertad personal, por lo que proscribe cualquier atentado o menoscabo de la misma.


En general puede afirmarse que la peor condición de los esclavos ha sido cuando ha existido un importante y abierto comercio de esclavos, con gran existencia de éstos, y dependiendo las economías de las sociedades de esa mano de obra.


Puede afirmarse que si bien la esclavitud ha sido permitida y regulada en muchas épocas de la historia, también ha sido puesta en duda su legitimidad y la conveniencia de su continuación.


Así, no es de extrañar que nuestra Constitución, que es fruto de nuestra historia particular y circunstancias como nación, tenga una vocación esencialmente libertaria e igualitaria, que son los dos valores fundamentales tutelados por el Artículo 2º Constitucional al abolir la esclavitud.


Se tutela la igualdad, porque la esclavitud representa la forma más cruel de desigualdad que en la historia ha reconocido el orden jurídico, al extremo de negar la calidad de ser humano, con sus respectivos atributos, como lo es de manera fundamental la libertad personal, a un conjunto de individuos, bajo las más diversas causas.


Por otra parte, si bien este artículo puede hoy día parecer desactualizado o inútil en opinión de algunas personas, dado que ya no existe oficialmente la esclavitud en ningún lugar del mundo, no puede olvidarse que hasta hace pocos años ésa era una institución jurídica vigente en algunos países con un gran retraso en su desarrollo.


Debe entenderse también que la Constitución en este artículo no sólo está proscribiendo la esclavitud, sino que, en un sentido positivo, está consagrado la tutela de un valor fundamental a proteger por nuestro orden jurídico: la libertad personal.


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jueves, 23 de abril de 2009


APUNTES DE DERECHO
POR: LIC. CARLOS M. DE LA ROSA LÓPEZ

INICIAMOS EN ESTE ESPACIO DE DIFUSIÓN JURÍDICA, CON UNA SERIE DE ARTÍCULOS CUYA INTENCIÓN ES DIFUNDIR LOS VALORES Y DERECHOS CONSAGRADOS EN ALGUNAS DE LAS LEYES DE NUESTRO PAÍS.

PARA INICIAR, ME PERMITO ELEGIR DE LA GRAN DIVERSIDAD DE ORDENAMIENTOS NORMATIVOS LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES CONSAGRADOS EN LA LEY SUPREMA MEXICANA, COMO LO ES LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ES DE SUMA IMPORTANCIA QUE LOS MEXICANOS CONOZCAMOS LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES QUE RIGEN EN NUESTRO PAÍS, PARA ASÍ PODER ENTENDER SU ALCANCE Y CONTENIDO, EJERCERLAS DE PLENO DERECHO Y DIFUNDIR SUS BENEFICIOS.

LA PALABRA GARANTÍA PROVIENE DEL LATÍN GARANTE; ENTRE SUS ACEPCIONES SE ENCUENTRAN “EFECTO DE AFIANZAR LO ESTIPULADO” Y “COSA QUE ASEGURA O PROTEGE CONTRA ALGÚN RIESGO O NECESIDAD”. Y PARA LOS EFECTOS DEL DERECHO CONSTITUCIONAL SE ENTIENDE COMO EL RECONOCIMIENTO DE PRINCIPIOS REFERIDOS AL SER HUMANO QUE EL ESTADO MEXICANO ESTÁ DISPUESTO EN TODO MOMENTO A DEFENDER Y PROTEGER.

ES ASÍ QUE EN LA CONSTITUCIÓN MEXICANA CONTEMPLA CUATROS TIPOS DE GARANTÍAS, LAS DE IGUALDAD, LAS DE LIBERTAD, LAS DE PROPIEDAD Y LAS DE SEGURIDAD JURÍDICA. LA PRIMERA GARANTÍA, ESTÁ ENDEREZADA A PROTEGER LA CONDICIÓN DE EQUIDAD QUE TODAS LAS PERSONAS UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA NACIÓN GUARDAN RESPECTO DE LAS LEYES Y ANTE LAS AUTORIDADES Y ESTÁN CONTENIDAS EN ESTE GRUPO LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES:

ART. 1º GOCE PARA TODO INDIVIDUO DE LAS GARANTÍAS QUE OTORGA LA CONSTITUCIÓN, PROHIBICIÓN DE LA ESCLAVITUD
ART. 2º. COMPOSICIÓN PLURICULTURAL DE LA NACIÓN MEXICANA
ART. 4º IGUALDAD DE DERECHOS SIN DISTINCIÓN DE SEXO.
ART. 12º PROHIBICIÓN DE TÍTULOS NOBILIARIOS.
ART. 13º PROHIBICIÓN DE FUEROS.

PROCEDO A REALIZAR UN BREVE COMENTARIO DE CADA UNO DE LOS ARTÍCULO CONTENIDOS EN LA GARANTÍA DE IGUALDAD, INICIANDO CON EL ARTÍCULO 1º CONSTITUCIONAL, MISMO QUE ESTABLECE:

“EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TODO INDIVIDUO GOZARÁ DE LAS GARANTÍAS QUE OTORGA ESTA CONSTITUCIÓN, LAS CUALES NO PODRÁN RESTRINGIRSE NI SUSPENDERSE, SINO EN LOS CASOS Y CON LAS CONDICIONES QUE ELLA MISMA ESTABLECE.

ESTÁ PROHIBIDA LA ESCLAVITUD EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. LOS ESCLAVOS DEL EXTRANJERO QUE ENTREN AL TERRITORIO NACIONAL ALCANZARÁN, POR ESTE SOLO HECHO, SU LIBERTAD Y LA PROTECCIÓN DE LAS LEYES.

QUEDA PROHIBIDA TODA DISCRIMINACIÓN MOTIVADA POR ORIGEN ÉTNICO O NACIONAL, EL GÉNERO, LA EDAD, LAS CAPACIDADES DIFERENTES, LA CONDICIÓN SOCIAL, LAS CONDICIONES DE SALUD, LA RELIGIÓN, LAS OPINIONES, LAS PREFERENCIAS, EL ESTADO CIVIL O CUALQUIER OTRA QUE ATENTE CONTRA LA DIGNIDAD HUMANA Y TENGA POR OBJETO ANULAR O MENOSCABAR LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LAS PERSONAS”.

EL ARTÍCULO CONSAGRA QUE TODO SER HUMANO ES LIBRE EN RAZÓN DEL HECHO DE SER HOMBRE, POR LO TANTO, EL INDIVIDUO QUE SEA ESCLAVO DE OTRO PAÍS, POR EL SOLO HECHO DE INGRESAR A NUESTRO TERRITORIO OBTENDRÁ SU LIBERTAD. EN MÉXICO NO EXISTE LA ESCLAVITUD, REITERANDO LA GARANTÍA DE IGUALDAD.

POR LO QUE RESPECTA A LAS RESTRICCIONES, DEBEN ESTAR CONSIGNADAS EN E L PROPIO TEXTO CONSTITUCIONAL O REGULADAS POR LEYES FEDERALES O LOCALES SEGÚN LA MATERIA Y EXCEPCIONALMENTE EN LOS REGLAMENTOS AUTÓNOMOS COMO LOS GUBERNATIVOS.

SEÑALA, ADEMÁS QUE TIENE COMO OBJETIVO EVITAR LOS PRIVILEGIOS INJUSTIFICADOS Y COLOCAR A TODOS LOS GOBERNADOS EN LA MISMA SITUACIÓN FRENTE A LA LEY, Y EVITAR LAS DISTINCIONES QUE SE HAGAN POR RAZA, GÉNERO, EDAD, PREFERENCIA RELIGIOSA, EJERCICIO DE ALGUNA PROFESIÓN, POSICIÓN ECONÓMICA, ETC.

CONTINUARÁ
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viernes, 27 de marzo de 2009

HUMOR JURIDICO:RESCISIÓN DE CONTRATO

DIARIO DE UNA JEFA

HOY HE DESPEDIDO A MI ASISTENTE....
¿Qué por qué he despedido hoy a mi Asistente?
Era mi cumpleaños número 37 y mi humor no estaba muy bien que digamos.
Aquella mañana, al despertarme me dirigí a la cocina para tomar una taza de café a la espera de que mi marido me dijese:

¡Feliz cumpleaños, querida!

Pero él no me dijo ni buenos días... Y me pregunté a mí misma:
¿Es este el hombre que yo me merezco?'. Pero continué... Imaginando:

'Los niños seguro que se acordarán'. Pero cuando llegaron para desayunar no dijeron ni una palabra.

Así, salí de casa bastante desanimada, pero me sentí un poco mejor cuando entre en mi oficina y el practicante universitario, (un muchachote alto y bien parecido), me dijo: Buenos días, ¡Ingeniera, Feliz cumpleaños! !Ah¡ finalmente alguien se había acordado...!!

Trabajamos hasta el medio día, cuando de repente, este muchachote que es mi asistente entra en mi despacho, diciendo: '¿Sabe Ingeniera?....hace un hermoso día y ya que es el día de su cumpleaños, podríamos almorzar juntos, solos usted y yo', no lo pensé mucho y acepté; fuimos a un lugar bastante reservado, nos divertimos mucho y en el camino de vuelta, él propuso:

'Con este día tan bonito, creo que no deberíamos volver a la oficina; que le parece si vamos hasta mi apartamento, y allí podemos tomar una copa'

Fuimos entonces a su apartamento, y mientras yo saboreaba un Martini, él dijo:
-'Si no le importa Ingeniera, voy un momento hasta mi cuarto a ponerme una ropa un poco más 'cómoda'. 'Está bien, como quieras', -respondí.

Pasados cinco minutos, más o menos, él salió del cuarto con un enorme pastel con 37 velitas, seguido por mi marido, mis hijos, mis amigos y TODO el personal de la oficina y todos cantando, a coro 'Feliz Cumpleaños a ti, Feliz Cumpleaños a ti...!

Y allí estaba yo.... completamente DESNUDA!! Sin sostén, ni ropa interior, recostada en el sofá del salón, esperando al muchachote!!

Por eso eché a ese desconsiderado.....esas cosas no se le hacen a la Jefa!!....

jueves, 26 de marzo de 2009


Agenda legal:

Hola mi nombre es Victor y te quiero invitar a que todos los martes en punto de las quince treinta horas, sintonices la señal de OLMECA T.V. en tu canal catorce por el sistema de cable, para que nos acompañes y permita entrar en su televisor para aclarar las dudas que tenga en las diversas ramas del derecho

Mi nombre es Vicky integrante del mejor programa jurídico en la región Sur de Veracruz "AGENDA LEGAL", UN PROGRAMA HECHO POR TI, PENSADO EN TI. Estamos preparando un programa para el próximo martes que se va hacer de gran interés para ti y tu familia, así que no esperes y comunícate con nosotros que estaremos gustosos de atenderte.

Estamos buscamos la mejor solución a su problema, su servidor en compañía de los Lics. Victor y Vicky, buscaremos la mejor opción a su inconveniente o duda legal que se le presente, este programa es totalmente pensando en ti, es por ello que OLMECA TV., Hace un gran esfuerzo para llegar a toda la zona sur de Veracruz, así que permítenos entrar en tu hogar para ayudar a resolver tus dudas amigo trabajador, ama de casa, profesionistas, estudiante, esposo, comerciante o patrón, así que no olvide que los martes a las quince treinta horas en el canal 14 de cable de OLMECA TV, tiene una cita con nosotros en su programa “AGENDA LEGAL”...